Todos los salvoconductos que permitían el tránsito de vehículos en Quito en medio de las restricciones por la pandemia, han quedado suspendidos hasta el 9 de abril del 2021. El Municipio de Quito lo decidió este sábado 3 de abril, debido al estado de excepción (Decreto 1282) que delegó al Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional las regulaciones de movilidad en ocho provincias, incluida Pichincha.
Juan Zapata, director del ECU-911 y presidente del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE), explicó que en la reunión de autoridades prevista para hoy, miércoles 23 de diciembre del 2020, se analizarán alternativas para facilitar la movilización de personas con emprendimientos nuevos, que han surgido en la pandemia y que todavía no hayan podido formalizar su negocio y no tengan un RUC o Rise.
El secretario de Movilidad, Guillermo Abad, habló este miércoles 28 de octubre del 2020 de los cambios que se implementarán desde el próximo 4 de noviembre, en los salvoconductos que se emiten para la circulación de vehículos en Quito, ante la emergencia sanitaria del covid-19.
Desde el 24 de septiembre del 2020, el Municipio de Quito, a través de la Secretaría de Movilidad, habilitó la plataforma para la emisión de salvoconductos destinados a personas naturales y jurídicas que realicen actividades económicas con RUC y necesiten circular en la capital.
De acuerdo con una resolución del Servicio de Rentas Internas (SRI), publicada a finales del 2017, la información de activos monetarios en el exterior del 2014 se presentará hasta el 28 de febrero del 2018.
“Estamos haciendo los controles respectivos, porque cualquier actividad económica en el país debe ser facturada”. Con esas palabras, Guillermo Belmonte, subdirector General de Cumplimiento Tributario del Servicio de Rentas Internas, se refirió a los operativos que ejecuta la entidad para supervisar que el servicio de movilidad a través de aplicaciones pague impuestos en Ecuador.
Las aplicaciones móviles de origen extranjero usadas para solicitar el servicio de taxis o de transporte en vehículos particulares siguen con problemas para operar en el país.
Las personas que deseen reabrir el Registro Único de Contribuyentes (RUC) tienen una opción práctica: el trámite por Internet. El beneficio es para las personas naturales nacionales y extranjeras residentes en el país, cuyo registro esté suspendido.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ratificó este viernes 13 de enero del 2015 que la factura mínima con datos personales es de USD 200. A partir de este monto los contribuyentes están obligados a emitir y entregar facturas a sus clientes.
Desde septiembre del 2014 el Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó la actualización vía internet del Registro Único de Contribuyentes (RUC) para personas naturales nacionales, extranjeras residentes y no residentes en el país.
Las personas naturales deberán realizar su declaración de Impuesto a la Renta, correspondiente al periodo fiscal 2013, a partir del 10 de marzo, de acuerdo al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
La autoridad tributaria dio plazo hasta el 31 de diciembre para que los establecimientos que comercializan bienes usados y aquellos que ofrecen el servicio de reparación emitan facturas, comprobantes de venta u órdenes de trabajo que justifiquen la ejecución de esas actividades.
Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad podrán pagar y sacar la patente desde el 1 de febrero.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) volvió a exhortar a los contribuyentes de todo el país a que mantengan al día sus obligaciones tributarias.