Así será el pago de 93 dólares para guarderías

Imagen referencial. Los hijos de los servidores públicos que se vean beneficiados con el pago deberán tener menos de cinco años. Foto: Freepik

Los funcionarios públicos que tengan hijos menores de cinco años y, que en su institución de trabajo no cuenten con el beneficio de guardería, recibirán una mensualidad de 93 dólares para que puedan costear su cuidado.

Este beneficio que entró en vigencia en Ecuador desde el 22 de junio del 2023 fue expedido por el Ministerio de Trabajo a través de un acuerdo ministerial firmado por su principal, Patricio Donoso.

¿Cómo funcionará este apoyo?

Los hijos de los servidores públicos o que estén bajo su cuidado o patria potestad accederán al rubro mensual de apoyo.

Para ello, los funcionarios deberán presentar al departamento de Talento Humano de cada entidad tres requisitos:

  • Partida de nacimiento que acredite el vínculo familiar y la edad de la niña o niño o, la providencia que acredite que se encuentra bajo su cuidado o patria potestad. 
  • Certificado laboral que demuestre que, de ser el caso, el cónyuge o conviviente en unión de hecho no reciba este beneficio en otra institución.
  • Una vez autorizado el pago, se deberá entregar una copia del comprobante de venta mensual de la guardería en la que el infante es cuidado.

Solo uno de los padres podrá percibir este rubro, en caso de que ambos sean funcionarios públicos. 

El mensual solo estára disponbile para aquellos servidores que no tengan el servicio de guardería en sus instituciones.

Causas para dejar de recibir el pago

Hay cinco razones para que los funcionarios dejen de recibir el pago por guardería:

  1. Cuando el hijo del servidor público cumpla 5 años de edad.
  2. Cuando el beneficiario deje de asistir, injustificadamente, por más de tres días al mes, al centro de cuidado infantil.
  3. Por cesación de funciones del servidor público.
  4. Cuando el funcionario a cargo del hijo perdiera el cuidado o la patria potestad del mismo.
  5. Por fallecimiento del hijo.

El Ministerio aclaró que si el funcionario público fallece, el beneficio económico se continuará otorgando a su cónyuge hasta que el niño termine el año lectivo que se encuentra cursando. 

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