Femicidio

Se halla en amplia -y a veces- encendida discusión crear en el Código Penal una nueva figura: el "femicidio", concretado al asesinato de una mujer, no por ser mujer, sino por el ejecutor del asesinato, sea marido, compañero, pareja; o pariente que sin connotaciones sexuales tiene lazos de afecto. Por lo menos esto es lo que parece entender por las informaciones.

De todos modos, en la actualidad tenemos el asesinato tipificado por el art. 450 del Código Penal, que lo define como … "el homicidio que se cometa con alguna de las circunstancias siguientes", entre las cuales no aparece la condición de víctima mujer.

En nuestro idioma, homicidio es "Muerte causada a una persona por otra". Pero persona es lo mismo una mujer que un hombre; y, por lo que no sería procedente entender el término legal "muerte", solamente de un hombre.

Es independiente ahora la muerte causada a un niño. El Código, en el art. 453 dispone: "La madre que por ocultar su deshonra matare al hijo recién nacido, será reprimida con la pena de reclusión menor de tres a seis años". También: "Igual pena se impondrá a los abuelos maternos que, para ocultar la deshonra de la madre, cometieren este delito".

Prosiguen los casos: el art. 452 prevé el hecho de dar muerte a cualquier ascendiente o descendiente, o un hermano. Los ascendientes son los padres, los abuelos, los bisabuelos; y los descendientes son los hijos, nietos y bisnietos. Castiga también el hecho de dar muerte al cónyuge, de tal manera que aquí entra la mujer si la víctima es ella.

En el art. 441 se castiga con tres a seis años de reclusión menor, en amparo de la mujer, a quien por alimentos, bebidas, medicamentos, violencias o cualquier otro medio intencionalmente se le haría abortar.

El espacio de la nota no se presta para más, pero si es voluntad crear el delito de femicidio, que lo creen.

La nueva ley debería reparar en que si homicidio es asesinar a un "hombre" y femicidio, a una "mujer", tendría que crear varios artículos para quienes adquieran otra condición de género diversa a la original .

El propósito actual probablemente se deriva de la Constitución de Montecristi que menciona "Ciudadanas y Ciudadanos"; y, a lo largo de la legalidad, se está usando "los" para hombres; "las", para mujeres.

Las leyes deben ser sencillas y fáciles de aplicar, pues si se agregan más y más tipos de delito, solo aumenta la confusión.

Si se cree en la vieja regla de cariz político "A mayor pobreza, mayor delincuencia", guiémonos tan solo por el ejemplo de Venezuela que, con toda su riqueza, bate todos los récords de asesinatos; y pensemos en nuestro Ecuador, con mejor economía personal en estos últimos años; y, sin embargo, la delincuencia aumenta. Al paso que vamos, a lo mejor se repetiría el caso venezolano, cuyo ex Presidente, ya muerto visita al sucesor como "pajarito ".

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