Me permito hacer algunos comentarios técnicos y no políticos sobre el proyecto:
1.- La facultad de interpretación de este cuerpo legal se le otorgaría a la Junta Reguladora, convirtiéndola en juez y parte, cuando lo procedente sería que tal atribución la tenga la Asamblea Nacional o, por excepción, la Corte Constitucional.
2.- La Junta aprobaría la programación crediticia, esto es los niveles de crédito a los que tendrían que sujetarse las entidades financieras, con la aplicación de sanciones si es que tales metas no se las cumple, obligándolas a aumentar el riesgo de las operaciones para poder cubrir los cupos.
3.- Querer convertirlas a las sociedades financieras en bancos proveedores de recursos para la producción es desconocer que aquella crecerá solamente si alguien financia el consumo o sea las ventas de dicho sector, por lo cual la norma sería improcedente.
4.- Para cuidar, supuestamente, la estabilidad del mercado se estaría buscando regular el crecimiento de la banca, cuando todos los países buscan tener entidades robustas, con el propósito de disminuir costos operativos y aumentar confianza en el público.
5.- No encuentro la razón para que la información relacionada con los ámbitos de la gestión de la Junta Reguladora sea reservada, pues no hay que olvidar que por disposición de la Ley de Información Pública, solo la que corresponde a la defensa nacional tiene ese carácter.