Imagen referencial. El informe para primer debate del Proyecto de Ley de Movilidad Humana que garantiza la libre circulación de sudamericanos en Ecuador. Foto: Paúl Rivas / EL COMERCIO
El informe para primer debate del Proyecto de Ley de Movilidad Humana se debatirá mañana, jueves 17 de noviembre de 2016, en el Pleno de la Asamblea Nacional. La Comisión de Relaciones Internacionales aprobó el documento con el que se busca normar “varios tipos de desplazamientos humanos internacionales”.
En la Legislatura se informó que con la normativa se permite que los derechos de los migrantes sean exigibles y se articulen con la Constitución. “Rompe el paradigma para que ningún ciudadano sea considerado ilegal por su condición migratoria”. El proyecto se presentó el 16 de julio de 2015. Desde esa fecha, la Comisión de Relaciones Internacionales dialogó con los sectores involucrados en los temas migratorios. También organismos internacionales y funcionarios públicos. Recogió observaciones a través de diferentes mecanismos.
En el informe se recuerda los flujos migratorios que vivió Ecuador durante décadas. Por ejemplo, uno de ellos ocurrió en los años cincuenta, cuando hubo la masiva salida de gente a Estados Unidos y Canadá. Otro a finales de los noventa: los destinos fueron España, Italia, Francia y Reino Unido.
Ante ese escenario, con la nueva normativa se busca regular los derechos, obligaciones, institucionalidad y mecanismos de protección para migrantes, inmigrantes, personas en tránsito, retornados, víctimas de los delitos de trata de personas y de tráfico ilícito de migrantes y sus familiares. El marco que la regula plantea la libre movilidad humana, la prohibición de la criminalización de los migrantes, la ciudadanía universal, la protección de los ecuatorianos en el exterior, la no discriminación, el interés superior del niño, niña y adolescente, así como la integración regional.
De igual forma, con el proyecto se garantiza que los ciudadanos suramericanos puedan ingresar, circular, salir del territorio ecuatoriano al presentar únicamente su documento de identificación, por los puntos de control migratorio oficiales.
También aborda el ámbito de los derechos. Establece que los ecuatorianos en el exterior tendrán las mismas oportunidades para participar y beneficiarse de los planes, programas y proyectos que desarrollen los diferentes niveles de gobierno. Para ellos, el Estado creará mecanismos que faciliten el envío de remesas, incentivos para el desarrollo de proyectos productivos y recibirán asistencia de las misiones diplomáticas y consulares en el ejercicio de sus derechos y obligaciones.
También tendrán derecho a la identidad ecuatoriana, a la salud, al acceso a la justicia, a la participación política, a la educación, al acceso de becas, a la seguridad social y a solicitar la localización de familiares de ecuatorianos en el exterior extraviados o incomunicados.
Otro punto importante de la normativa es que busca ayuda para los ecuatorianos que regresan al país luego de trabajar en el exterior. Se determinan derechos a la inclusión económica y social, convalidación de estudios en el exterior, inserción educativa, a ser informados sobre el retorno, capacitación, homologación de competencias laborales, al sistema financiero y a la pensión jubilar.
En el proyecto se establecen los requisitos para obtener la residencia temporal y permanente en el país. En un capítulo se aborda los temas de protección internacional para foráneos: solicitantes de la condición de asilo, refugio o apátrida, refugiados reconocidos por el Estado, asilados, apátridas y otro relacionado con la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes. El objetivo es garantizar la protección, garantía y reparación de los derechos.
Con el proyecto se norma el ingreso, salida, control de personas y legalización de documentos. Se encuentra el control migratorio, los documentos de viaje, los servicios de legalización de documentos expedidos en el Ecuador. Se establece la institucionalidad y el régimen sancionatorio.