Dentro de los beneficios, los estudiantes deportistas podrán acceder a estos permisos y mecanismos alternativos de evaluación y recepción de tareas, siempre que con anterioridad al período de entrenamiento, concentración o competencia. Foto referencial: Archivo / EL COMERCIO
Este martes 15 de mayo del 2018, el Ministerio de Educación del Ecuador expidió una normativa, que regula los permisos e incentivos para los estudiantes deportistas, que forman parte del Sistema Nacional de Educación.
Entre otros puntos, en el acuerdo ministerial, establece que los directivos y docentes de los planteles del país deben establecer mecanismos alternativos y flexibles para otorgar permisos, tomar las evaluaciones y receptar las tareas de los estudiantes deportistas de cualquier disciplina deportiva, siempre y cuando éstos, representen a su institución educativa o a una organización deportiva nacional o internacional legalmente establecida, de acuerdo a la clasificación del deporte. También de permite que acudan con esos uniformes deportivos los días de entrenamiento.
También se dice que los estudiantes deportistas podrán acceder a estos permisos y mecanismos alternativos de evaluación y recepción de tareas, siempre que con anterioridad al período de entrenamiento, concentración o competencia, presenten un certificado emitido por la organización deportiva nacional o internacional, a la que representen. En ese documento debe constar el tiempo que requiera hacer uso del permiso y mecanismo alternativo antes indicado.
El tiempo requerido por el estudiante deportista para representar a la organización deportiva nacional o internacional deberá tomarse en cuenta para el porcentaje de asistencia a clases que establece la Autoridad Nacional de Educación para aprobar el respectivo año lectivo.
Sobre los permisos, el Acuerdo Ministerial dice que una vez recibido el certificado emitido por la organización, los directivos de los planteles públicos o privados o municipales deberán constatar que la información es veraz y notificar por escrito al niño o adolescente deportista, a su madre, padre o representante legal y a los docentes a cargo del alumno, la autorización, en el lapso máximo de dos días laborables.
Además, los directivos y docentes de instituciones educativas deberán organizar un acto de reconocimiento simbólico para los estudiantes deportistas, con la comunidad educativa, para resaltar los logros obtenidos en la disciplina deportiva que practican.