El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) publicó la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas de las personas adultas mayores. La Cartera informó que se trata de un derecho de protección económica, destinado a quienes carecen de recursos para su subsistencia. También, de aquellos que, por su condición física o mental, no pueden subsistir por sus propios medios. Hijos y nietos deben asumir la pensión.
El anuncio se realizó este miércoles 22 de diciembre. El titular del MIES, Esteban Bernal, dijo que la tabla permitirá que las personas adultas mayores que están en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad tengan un envejecimiento digno y que sus familiares sean responsables con su cuidado y felicidad.
Dijo que, en los próximos días, el MIES firmará un convenio con varias universidades del país para contar con consultorios jurídicos gratuitos. La intención es que en ellos se brinde asesoría legal a las personas adultas mayores en este tema.
Gina Chacón, subsecretaria de Atención Intergeneracional del MIES, señaló que la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas tiene un modelo de protección económica fundamentado en la cobertura de necesidades para la subsistencia, con enfoque sociosanitario.
Con la publicación de este instrumento, el MIES señala que se da cumplimiento a lo que establece la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, expedida el 9 de mayo del 2019. En su artículo 27 señala que “las personas adultas mayores que carezcan de recursos económicos o cuando su condición física o mental no les permite subsistir por sí mismas, tendrán derecho a una tabla de pensiones por parte de sus familiares”.
¿Quiénes pagan y cuánto?
El MIES señaló que los hijos y nietos son quienes, en primera instancia, deben dar cobertura a la pensión. “El derecho se amplía al cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad si el juez considera aplicar una medida de protección”.
Mediante la tabla, juezas y jueces de la familia, niñez y adolescencia establecen el monto de la pensión de alimentos mínima que puede solicitar un demandante. El cálculo de la pensión se realiza con base en el Salario Básico Unificado (SBU), establecido por el Ministerio de Trabajo. También según la inflación anual acumulada y los indicadores económicos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC).
Por ejemplo, si el alimentante gana USD 830 tendría que pagar a la persona adulta mayor USD 242,86, que es el 29,26% del ingreso. Adicionalmente, deberá pagar USD 51,40, el 12,85% del SBU vigente, si la personas adulta mayor tiene discapacidad muy grave. Si la discapacidad es grave serían USD 40,56 (10,14% del SBU vigente) y USD 35,32 (8,83% del SBU vigente) si es moderada.
La tabla está compuesta por seis niveles, que determinan el porcentaje que deberán pagar los alimentantes de acuerdo con sus ingresos y al número de personas adultas mayores. Los valores van desde cero hasta USD 399 para el primer nivel y desde USD 1 224,01 en adelante para el sexto nivel.
Los porcentajes de la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas de las personas adultas mayores se actualizarán en enero del 2022, una vez que entre en vigencia el nuevo Salario Básico Unificado de USD 425, informó el MIES.