Días atrás, el cineasta Pocho Álvarez, militante de izquierda, productor de la cinta “Crude” que utilizan los demandantes contra la Chevron, hoy crítico del Gobierno por el tema Yasuní y por ser uno de los reclamantes por el incidente con el cantautor Jaime Guevara, escribió que su reciente producción ‘Acoso a Íntag’, contra la explotación minera al norte del Ecuador ha sido bloqueada de su cuenta YouTube, porque asume una parte de un informe semanal del Mandatario a sus “mandantes”, ya que lo que siempre se había considerado de uso público y por lo tanto de reproducción libre, ahora ya no será así, porque “imagen y sonido -de las sabatinas presidenciales- tienen “copyright” -no reproducible sin autorización- y, por lo tanto, no pueden ser objeto de copia”.
Sin embargo, el Gobierno reproduce intervenciones y frases de sus contradictores, dentro y fuera de contextos, para descalificarlos. A un vocero le preguntaron: ¿y por qué la diferencia? La respuesta fue “vayan a los jueces, si tienen algo que reclamar”.
Otro hecho: la aprobación del delito de “pánico económico”, en el Código Orgánico Integral Penal con pena privativa de libertad a los que dentro o fuera del Ecuador publiquen, difunden o divulguen noticias falsas que causen daño a la economía nacional..”. ¿Qué se entenderá como tal?, porque a veces hay apreciaciones diferentes, por ejemplo sobre los riesgos de la dolarización, o sobre la creciente dependencia de los recursos costosos de China, por diferentes vías de endeudamiento, o sobre la profundización del extractivismo en el Ecuador. ¿O tendrá que necesariamente aceptarse, con casi fuerza de dogma, la versión gubernamental? Verdad que se agrega que se penaliza si el daño es para alterar precios de bienes o servicios y beneficiar a un sector, mercado o producto específico. Preguntado un legislador del bloque del Gobierno, si eso afectaría a los que opinan sobre temas económicos, la respuesta fue “el tema deberán dirimirlo los jueces” (…) “Ojalá que se limiten a decir la verdad y no a falsearla”, para que no sean “castigados”.
Por su esencia, ser autoridad de control o ser juez debe conllevar independencia e imparcialidad, respecto a los actores políticos, sociales y económicos, pero también del poder político.
Por principio, quienes asuman las calidades indicadas no deben ingresar a esas funciones para servir a un proyecto político o económico, sino a la Ley, aun cuando favorezca a los contradictores.
Y no sólo es la fuente de designación. En el gobierno de Rodríguez Lara fue presidente de la Corte Suprema de Justicia el doctor Tomás Valdivieso Alba, figura del derecho del siglo XX en el Ecuador. No había dictador, entorno del poder, propietario de medio, o empresario o trabajador, que ponga en duda su idoneidad.
¿Así serán los jueces del siglo XXI?, ¿o estarán invadidos por temores o miedos?