Eso es el Consejo de Participación Ciudadana: un mecanismo con apariencia democrática diseñado para burlar la democracia. Si la democracia es representación, la pregunta es: ¿a quién representa tal Consejo?
El principio básico de la legitimidad democrática es que la soberanía reside en el pueblo. Esa soberanía puede ejercerse en forma directa o bien la sociedad se expresa políticamente por medio de un cuerpo electoral. En la directa, mejor llamada democracia pura, la soberanía radica en una asamblea de ciudadanos. La dimensión de los Estados impide el funcionamiento de este régimen, si bien quedan residuos como el practicado en los cantones Suizos. El conflicto entre un pueblo titular de la soberanía y la imposibilidad de que la ejerza de manera directa, se resuelve con la democracia representativa, en la que el pueblo la delega en unos ciudadanos elegidos por el voto mayoritario. Como complemento, la sociedad actúa de forma directa para participar en la toma de decisiones, contrarrestando el poder de los dignatarios elegidos y para controlarlos. Estas instituciones son, fundamentalmente, el plebiscito, el referéndum, la consulta popular y la revocatoria del mandato. El riesgo con este tipo de intervención es que se la manipula fácilmente por quienes ostentan el poder y tienen capacidad para orientar la opinión pública en determinada dirección, siguiéndose el ejemplo de Luis Napoleón que se valió del plebiscito para legitimar su autoritarismo y que ha sido usado en el Ecuador como instrumento para que se ratifiquen las propuestas del Gobierno.
Si la democracia es representación, la respuesta a la pregunta es: el Consejo de Participación, a pesar de su nombre, no representa a nadie. En efecto, los miembros del Consejo se integran por los postulantes que “propongan las organizaciones sociales y la ciudadanía”, sin ninguna legitimidad democrática. Y, sin embargo, es una función del Estado con competencia para nombrar al Procurador General del Estado, a los superintendentes, de entre ternas propuestas por el Presidente, a los miembros del Tribunal Contencioso Electoral y Consejos de la Judicatura, en procesos que se inician con autocandidatos. Estas potestades en otros Estados se reservan al Congreso o Parlamento, que sí representan al pueblo. Los que diseñaron la ingeniería de nuestra Constitución y, entre ellos, asesores extranjeros que siguiendo una tradición colonialista vinieron a tratarnos como conejillos de Indias, inventaron eso del Consejo de Participación, para que, a nombre de la participación democrática, se concentre el poder en el Ejecutivo, que controla las tales organizaciones sociales, que promueve a los representantes de la ciudadanía y que postula a los “autocandidatos”. Los resultados están a la vista.