La ‘revolución ciudadana’ consolidó el control del poder mediante el atropello a las instituciones (el Congreso Nacional, por ejemplo), la violación constitucional y legal, la trampa, el engaño y la mentira. La Asamblea Nacional Constituyente de Montecristi, cuya nefasta tarea hemos comenzado a padecer, fue un instrumento eficaz, obediente y sumiso. En sus últimos días, subrepticia y deshonestamente, incorporó al texto constitucional el denominado ‘régimen de transición’, que ha sido convertido en un mecanismo idóneo, mediante antidemocráticas ficciones jurídicas, para lograr la prolongación de los períodos de sus funcionarios públicos.
Me explico. El dictador de Carondelet fue elegido, de acuerdo con las normas de la Constitución anterior, para un período de cuatro años sin derecho a la reelección. El respeto a las reglas según las cuales fue elegido, como era su obligación, habría determinado la terminación de sus funciones en enero del 2011. Teniendo en cuenta ese hecho, la Constitución de Montecristi (la ‘revolución ciudadana’ no legisla a favor del país sino en su beneficio) estableció con efecto retroactivo (no para el futuro) un período de cuatro años con reelección “por una sola vez”: así, su período presidencial, ganando esa recién creada reelección, podría terminar entonces en enero del 2015.
No era suficiente. En tales circunstancias, se incluyó el ‘régimen de transición’. En su artículo 3 comenzaba ordenando al Consejo Nacional Electoral la convocatoria, “en el plazo máximo de treinta días contados desde su posesión”, a “elecciones generales para designar”, entre otras dignidades, al Presidente y Vicepresidente de la República. La simple lógica nos lleva a deducir que, en caso de ser elegido el actual dictador de Carondelet, como en efecto sucedió, se trataría de una reelección por cuatro años más, que, siendo por “una sola vez”, concluirían en agosto del 2013. Este hecho implicaba que su período presidencial se habría logrado extender sólo por dos años y ocho meses. ¿Qué hacer?
La ‘revolución ciudadana’ recurrió a una solución ‘genial’, una ficción legal que para mí es sencillamente inmoral: en el artículo 10 del ‘régimen de transición’ dispuso que el período de gestión de los dignatarios electos con sus normas “se considerará el primero, para todos los efectos jurídicos”. Es decir que, al no existir los primeros dos años y ocho meses del desgobierno del dictador de Carondelet, con sus violaciones, atropellos, trampas, agravios y abusos, el período presidencial, en el caso de ganar las próximas elecciones (para algo está concentrando todo el poder en sus manos y limitando a los medios de comunicación independientes), se habrá extendido hasta agosto del 2017. ¡Un período de cuatro años se transformaría en un período de diez años y ocho meses!