Las sinrazones del CNE

Un tema de preocupación recurrente en esta época es la forma en que se justifican decisiones que interesan a todo el país. Se espera que las autoridades den razones para sustentar, apoyar, justificar y explicar sus resoluciones.

Argumentar es fundamental en una sociedad democrática. La imposición de una decisión arbitraria en el ámbito público es incompatible con la expectativa de un Gobierno de normas, no de personas; y con el pluralismo de visiones, intereses y expectativas presentes en la sociedad.

Una decisión para ser considerada legítima debe corresponderse con las reglas que marcan lo obligatorio, permitido o prohibido; debe ser tomada por el competente para ello; y conforme a los procedimientos establecidos.

No toda regla vigente puede considerarse válida, esto depende de otras consideraciones: si su contenido es compatible con las disposiciones de jerarquía superior y, si es que puede ser considerada justa, es decir, conforme con los valores -normativamente establecidos- como supremos en cada ordenamiento jurídico. A la vez, cada decisión debe evaluarse por la conexión entre los hechos y los argumentos que se exponen, estos deberían permitir arribar a una conclusión, por tanto justificar y explicar racionalmente una resolución.

"Hemos tomado la decisión que corresponde en derecho y de forma transparente; el reglamento para las consultas populares es claro y nosotros tenemos la competencia para resolver en esta materia": lo dicho podría ser un parafraseo de la explicación dada por el CNE para justificar la anulación de miles de formularios que contenían 158 520 firmas (se ha dicho que las rechazadas son 183 433), que representan la voluntad de un número igual de ciudadanos y ciudadanas, que junto con otras 600 000 demandan, en ejercicio de su derecho a la participación, se llame a una consulta popular para decidir sobre la explotación petrolera en una zona del parque Yasuní.

La expresión de la voluntad ciudadana se refleja en una firma, en unos nombres, en un número de cédula, consignados en un papel; cuando estas firmas son rechazadas porque se encuentran en formularios que están impresos de lado y lado, con letra más pequeña, en papel periódico o que están manchados, pero íntegros, la decisión se torna en arbitraria porque se sustenta en normas que limitan el ejercicio de un derecho por una formalidad intrascendente.

Al CNE le corresponde verificar una expresión de voluntad, los requisitos de forma sirven para facilitar su trabajo, restringir un derecho por su incumplimiento caricaturiza su rol. Este no es un tema menor, se encuentra en juego una iniciativa sin precedentes en el país, la posibilidad de que se garantice -o no- el ejercicio de un derecho constitucional.

El CNE, responsable de asegurar la validez del proceso, con su accionar estas y las decisiones que adopta, está deslegitimándose, debería rectificar y actuar conforme la voluntad ciudadana.

Suplementos digitales