El historial de desacuerdos entre trabajadores y empresarios sobre el incremento salarial que se aplica cada enero es amplio, lo cual ha dejado la decisión del alza en manos de los gobernantes de turno. Este año no es la excepción y el aumento fue de USD 6, dejando en USD 400 el salario mínimo a partir de enero del 2020.
Esta realidad se ha prestado para más de una subjetividad por parte de las autoridades, ya que las reglas sobre el incremento salarial no están claramente definidas y, por tanto, su cálculo no es previsible.
Esa ambigüedad legal ha obligado a los actores a realizar el respectivo ‘lobby’ ante las autoridades para conseguir el máximo beneficio, lo cual ha convertido el alza salarial en una decisión política, la cual suele buscar un punto medio, aunque no siempre lo consiga, lo cual termina generando el rechazo de trabajadores y empresarios.
La solución debiera pasar por definir una metodología para que el alza de salarios quede definida en una ley o un reglamento técnico, lo cual no ha ocurrido.
En el país, la base legal para realizar un incremento de salarios es el artículo 118 del Código de Trabajo, el cual señala que el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios es el órgano donde confluyen los intereses de los tres actores involucrados: trabajadores, empleadores y Gobierno.
Si bien la Constitución contiene varios artículos relacionados con el salario digno y la remuneración justa, la aplicación de esos conceptos requiere de leyes, reglamentos o resoluciones que puedan aterrizar los enunciados generales. Sin embargo, por ahora solo existe el artículo 118 del Código de Trabajo que, sobre la fijación de remuneraciones, establece los pasos a seguir para alcanzar ese objetivo. En resumen, si no hay acuerdo entre trabajadores y empresarios, el Ministro del Trabajo fijará el alza en función del índice de precios al consumidor proyectado, en este caso, de la inflación para el 2020.
Lo anterior explica el argumento de los empresarios, que pedían un alza salarial de USD 3,31 para el próximo año, que considera únicamente la inflación proyectada. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo resolvió que el aumento del salario básico para el 2020 considere no solo la proyección de la inflación sino también el crecimiento de la economía nacional.
Y ahí entra en escena la subjetividad de las autoridades de turno. Para decidir un alza más allá de la inflación hicieron referencia al Convenio 131 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) sobre la fijación de salarios mínimos.
Pero ese Convenio también es general, ya que menciona que para el alza de salarios se debe considerar el costo de vida, las prestaciones de seguridad social, los factores económicos, los niveles de productividad y la conveniencia de alcanzar y mantener un alto nivel de empleo. Con esa amplia gama de opciones, las peticiones de alza salarial oscilaron entre USD 15 y 98,5, pero pudieron ser más, por falta de reglas claras.