A la Constitución vigente la considero perversa. Se la redactó con odio y resentimiento, sin respetar mucho de lo bueno que las anteriores constituciones contenían. Es una Carta Magna revanchista, que busca destruir lo positivo realizado por aquellas personas no pertenecientes al actual gobernante y su entorno. ¡Pobre Ecuador!
Lo último que se conoce del grupúsculo de seguidores de Correa es el proyecto de Ley de Tierras. ¡Es una maravilla! Con la finalidad de “garantizar el acceso de los explotados y excluidos de los recursos productivos”, en vista de la “responsabilidad del Estado (de) promover políticas redistributivas que permitan el acceso del campesinado a la tierra”, pretenden expedir una ley en que el rencor se hace presente.
Si bien la Constitución reconoce la posibilidad de expropiar tierras por razones de utilidad pública, previa una justa valoración, ahora un empleadito de sexta categoría, el Director Regional del Instituto Nacional de Tierras, en caso de aprobarse el proyecto de ley nombrada, podrá declarar, mediante resolución administrativa, la afectación, y por tanto proceder a expropiar la tierra. Es decir, ¡chao propiedad privada! La revolución ciudadana la necesita para comprar votos y conciencias de quienes depende para mantener mayorías en organismos públicos. ¿Qué exagero? Veamos.
El art. 53 del proyecto de Ley de Tierras prevé la expropiación “cuando la superficie de la propiedad o conjunto de propiedades de una misma persona jurídica o natural ecuatoriana, excedan de quinientas hectáreas”. Si las tierras pertenecientes a un extranjero superan las 300 hectáreas, se las puede expropiar. ¡Viva la propiedad privada! ¡Viva la seguridad jurídica! ¡Bienvenida la inversión extranjera! No importa si la tierra produce o no. El principio de la soberanía alimentaria previsto en la Constitución no se cumple si los propietarios son personas preocupadas de trabajarla. Se expropian aún si producen al tope.
Es “maravillosa” la premisa prevista en el artículo 9 del proyecto de Ley: la tierra no cumple una función social y ambiental si supera las 300 ó 500 hectáreas de superficie en manos de una misma persona. Pobre de aquel que se esforzó y logró adquirir más tierra, porque la extensión de sus propiedades se suman, y de superar los números mágicos de la ley, se las expropian, aun cuando estas se encuentren diseminadas por todo el país, y bien trabajadas.
El art. 6 de este odioso proyecto de ley dispone: “La propiedad sobre la tierra, en cualquiera de sus formas, está garantizada por el Estado mientras esta cumpla su función social y ambiental”. A esta norma, que contiene una mentira, le faltó lo siguiente: “y sirva a los fines políticos de este gobierno”.