El proyecto de Código Orgánico Integral Penal elaborado por asambleístas de Alianza País, consigna aproximadamente 350 delitos. Quienes los cometan podrán ser sancionados con penas privativas de libertad que van de 1 día a 35 años de prisión. Lo grave es que todo se castiga sin tener en consideración la disposición constitucional de proporcionalidad entre la infracción cometida con el castigo previsto. Realmente, Ecuador será un país cercado de rejas. Explico.
Si usted sale de su casa en su auto y supera los límites de velocidad, a prisión. Mientras en otras naciones existen límites mínimos y sanciones económicas, aquí esos mínimos son máximos. La ley conduce al chofer a un centro de privación de libertad. Si en este país en que la percepción es la regla y el delito la excepción, alguien le calumnia, el agresor irá a prisión… excepto el de las sabatinas. Pero si el agredido de palabra responde en iguales términos, la injuria recibida deja de ser punible por cuanto se da la “compensación de injurias”. Obviamente que esto no es aplicable para el residente de Carondelet, ya que él ordena la detención a sus guardaespaldas, usted a prisión y los jueces ratifican la disposición presidencial.
Si necesita un servicio profesional, mercantil o empresarial, y en el lugar al que acude los empleados no le atienden, estos irán a prisión. Excepción: no se aplica para contados funcionarios de los ministerios, ya que están sobreprotegidos. Si recurre a un profesional para un consejo económico, y las autoridades consideran que lo dicho es falso, el asesor podría ir a prisión por el delito denominado pánico económico. Es mejor no enterarse de una corrida bancaria ya que si la comenta, es infracción y va a prisión. Se lo acusaría del delito de pánico financiero.
Si frente a tanto delito decide salir a caminar por un parque para refrescarse con un poco de aire puro (contaminar también es castigado con prisión), no se le ocurra descortezar un árbol y escribir iniciales en el tronco, es delito e irá a prisión. Además tenga en cuenta que si está andando y es acusado de ser el causante de un accidente de tránsito, también a prisión. Pero, ¡eso sí!, llevar un poco de cocaína y absorberla en donde sea, no es una acción sancionada penalmente.
El proyecto de Código rompe el principio de que la ley es conocida por todos, y su ignorancia no excusa a persona alguna. Por ello, los justos no saldrán de sus casas ya que todo es infracción, mientras los delincuentes estarán recorriendo el país, ya que podrán justificar sus actuaciones delictivas, y por tanto no ser condenados, argumentando el desconocimiento de las normas penales. Así los malandrines seguirán cometiendo “percepciones”, mientras los decentes continuarán en el país de la prisión llamado Ecuador.