Hace pocos días acaba de presentarse el volumen 15 de la Revista Latinoamericana de Política Comparada (www.politicacomparada.com) en el X Congreso Latinoamericano de Ciencia Política en México. Esta revista es una publicación científica dedicada al análisis de los temas de democracia, partidos, elecciones, relación ejecutivo – legislativo, entre otros, en América Latina.
Un artículo me ha llamado la atención: “La presidencia del ejecutivo unitario de Rafael Correa” escrito por John Polga-Hecimovich. Es sugerente ya que pone en cuestión varios de los análisis que hasta ahora se han hecho del gobierno del presidente Rafael Correa en el sentido de caracterizarlo como híper-presidencialista, autoritario, híbrido o incluso de totalitario.
Polga-Hecimovich ratifica la acumulación de poder durante la presidencia de Correa. Sin embargo, sostiene que el factor distintivo de este régimen no fue únicamente el aumento de su poder formal a través de la promulgación de la Constitución del 2008, códigos orgánicos, leyes, decretos, etc. Recurriendo a la teoría del “ejecutivo unitario” este autor sostiene que la fuerza del régimen de Correa se sustentó en una serie de poderes informales.
Yo he sostenido que el gobierno de Correa derivó grotescamente en un régimen autoritario, abusivo y ampliamente corrupto no solo por la acumulación de poderes sino también por el debilitamiento de las otras funciones del Estado. Es decir, con la Constitución de Montecristi se mantuvo buena parte de las atribuciones que tenía antes el ejecutivo pero se le dota de ciertas prerrogativas adicionales, se retira algunas funciones que tenía el legislativo y judicial, así como se crea el mal llamado quinto poder ciudadano. De este modo, se fortalece al ejecutivo debilitando a los otros poderes del Estado, neutralizando con ello el necesario control horizontal institucional (accountability horizontal).
Para ratificar lo dicho, vale la pena mencionar lo siguiente. De acuerdo a David Elkins y otros autores (Constitution Rankings), la Constitución de 2008 de Ecuador, de entre 190 constituciones en el mundo, está en el primer lugar en términos de poderes ejecutivos. En contraste, ocupa el puesto 159 (de 190) en términos de poderes del legislativo.
Regresando al tema que nos ocupa, para Polga-Hecimovich la diferencia fundamental en el caso de Correa fueron sus poderes informales: capacidad de comunicación, poderes de persuasión, campañas publicitarias, enlaces ciudadanos, uso de redes sociales, entre otros.
¿Qué significa esto entonces? Que el ejercicio del poder no solo depende de los aspectos formales e institucionales sino también del político que está en el cargo, de cómo interpreta su papel y de cómo hace uso de sus facultades. A diferencia de otros presidentes, Correa aprovechó al máximo sus atribuciones. Esto hizo que, hasta cierto punto, sobre dimensionemos su poder y lo hayamos catalogado como totalitario.