El 11 de octubre el Ciadi registra el planteamiento de nulidad del Estado ecuatoriano al laudo arbitral de octubre 5, que sentenció al país a pagar USD1 770 millones más intereses a Occidental, por la declaratoria de caducidad de su contrato en el Oriente por el denominado bloque 15.
Era mediados del 2006 y, tras ardua deliberación, el presidente Palacio dispuso la caducidad del contrato de Occidental, que significó que todos los activos de la empresa, que producía 109 000 barriles diarios, pasen al Estado sin compensación. Durante los meses en que se conformaba la figura de caducidad, Occidental frenó las inversiones y la caducidad la encontró con 100 000 barriles.
El bloque 15 se extendía desde la zona tradicional de alta producción, con el campo Limoncocha, hacia el Oriente. Terminaba el bloque topando un excelente prospecto que conservó Petroecuador, denominado Yuturi. Justamente, cuando Occidental perforó en el extremo de su bloque al otro lado de Yuturi, descubrió crudo y desarrolló el campo conjunto Edén-Yuturi que llegó a producir 78 000 barriles diarios.
El motivo de la caducidad fue un acuerdo entre Occidental y EnCana, mediante el cual EnCana financiaba parte de la inversión de Occidental y recibía a cambio 40% del la producción. Es un tipo de acuerdo usual entre petroleras, pero en el Ecuador requiere autorización previa.
El tribunal decidió que en efecto ese acuerdo requería autorización, y como no la tenía, era nulo. En ese contexto, poner fin al contrato sin compensación equivale a confiscación, sentenció.
Pero el tribunal añadió que si bien no cabía la caducidad, esta se había generado en un acto ilegal, lo cual implica una responsabilidad parcial de las petroleras. Por lo que del monto a pagar, redujo el 25%.
El Estado se benefició porque el cálculo del valor del negocio declarado confiscado se hizo en base a las perspectivas de los precios de petróleo, y en los siguientes años los precios superaron con creces las perspectivas. En el 2006 el crudo ecuatoriano promedió USD 51 y este año alcanzaría USD 98.
Probablemente el pago que deberá hacer el Estado es bastante menor al incremento del ingreso generado por la caducidad. Aunque es un cálculo complicado. ¿Hubiera Occidental acatado la ley del 50-50 y luego firmado el contrato de servicios, renunciando a buena parte de su utilidad? ¿Hubiera podido Occidental impedir la caída de la producción de esos campos a 80 000 barriles diarios que producen hoy?
El trámite de la nulidad tomará al menos un año. Si se pierde, habrá que ver qué hace el Gobierno.
Argentina es el otro país latinoamericano asiduo del Ciadi. Cristina Fernández, quien acaba de perder un arbitraje, dice que pagará, pero si el fallo lo confirma una corte argentina.