Un sector muy afectado en los últimos años es el de los proveedores de bienes y servicios del Estado y de entidades públicas, que creyeron – quizás ingenuamente- que los procesos de contratación pública eran transparentes, que había que ofertar sin sobreprecios, no comprometiendo valor alguno para funcionarios y/o su entorno, como lo de arroz verde, y que los pagos se darían una vez que se entregaban los bienes, o cuando se producía la recepción de las obras o de los servicios, como se expresaba en las cláusulas contractuales o de las órdenes de servicio o trabajo.
Teóricamente, los problemas de pago no debían presentarse, porque, para éste, siempre se registraba la partida presupuestaria del ejercicio en curso; pero, ésta sólo significa una asignación de fondos, no garantía de provisión. De no haber transferencia de fondos, desde la Cuenta Única del Tesoro Nacional – en la que se centralizan los recursos fiscales- a la entidad contratante u ordenante, o si ésta retrasaba los pagos, éstos no se efectuaban.
La Contraloría debe obligar a que se transparente lo relativo a la contratación pública. Ahí se identificará a los contratistas que recibieron lícitamente sus pagos, que si los hubieron; y, también a los que fijaron sobreprecios o ejecutaron otros ilícitos –los “truchos”-.
Cada entidad pública debía dar aviso a la contraparte para que facture, pero sólo podía hacerlo cuando había disponibilidad. Facturar conllevaba una retención por la entidad contratante sobre el valor de la factura a pagarse; y, además, cuando procedía, causaba IVA. De no anunciarse la disponibilidad –la partida presupuestaria sólo estaba escrita- no había factura, ni pago.
Semanas, meses y años, han pasado en múltiples casos y en la mayoría sin registro del monto no pagado. Hay casos dramáticos: Ej. no se pagaba a los centros de diálisis. Un paciente que requiere díálisis y no la recibe, está siendo condenado a muerte, una especie de homicidio culposo.
Lo más probable es que, en deuda a proveedores, se esté alrededor de USD 2.000 millones. Deberían instrumentarse esas obligaciones, aun cuando no se paguen inmediatamente, porque las entidades públicas si saben a quienes deben, para que respiren los proveedores y puedan obtener financiamiento o esperas de terceros.
En la Ley en trámite sobre las finanzas públicas, los proveedores, en referencia, serían sometidos a una metodología por definirse, que se prepare en los ciento ochenta días siguientes a la vigencia de la Ley. En resumen a los proveedores los botan, con incógnita de si les van a pagar o no, al año 2021. Para muchos, la quiebra.
¿Habrá proveedores en lo que resta del 2020 y en el 2021? Posiblemente, si. En primera línea los truchos, con nuevas versiones de arroz verde.