En días anteriores se hizo la presentación de un nuevo proyecto de reformas que, en esta ocasión, pretende modificar el Código Laboral. Impulsado por el Ministerio de Relaciones Laborales, no contiene un articulado concreto sino una serie de argumentaciones que se refieren a los temas que serían materia de esta propuesta. Llama en particular la atención que se retoma un asunto que, habiendo constado en la anterior Constitución, nunca tuvo una aplicación práctica. En efecto, al tratar el tema de las utilidades la norma constitucional anterior preveía que dicho valor podía ser pagado a los trabajadores en dinero o en acciones de la empresa. En los hechos esto nunca se dio. Aún más, en la legislación comparada, este sistema que preveía la legislación peruana en la década de los setenta, fue modificado y el pago de las utilidades ahora se realiza en dinero. La propuesta solo trae enunciados generales, se remarca eso si que dicho pago en acciones puede ser aplicado únicamente por acuerdo de las partes.
Llama la atención una iniciativa de esta naturaleza en momentos en que la falta de puestos de trabajo es un mal crónico en el Ecuador. Cabe preguntarse si este proyecto, en caso de ser aprobado, estimulará la inversión y la generación de empleo o agudizará la conflictividad laboral. Probablemente la respuesta a estas interrogantes es negativa. A nadie le va a interesar que ingresen a la compañía nuevos socios o accionistas con privilegios que no tienen los anteriores. Si los trabajadores hipotéticamente no estuvieren de acuerdo con la gestión de la empresa, sus resultados u otros asuntos propios de la administración, a título que estarían en riesgo sus derechos laborales y patrimoniales, podrían reclamar por la vía de un conflicto colectivo. De esa manera, un asunto propio del Derecho Societario terminaría convirtiéndose en un pliego de peticiones.
Por otra parte, en el proyecto no se dice por ningún lado, pero si se convierte en ley vale preguntarse: ¿a qué valor se cotizarían las acciones?, ¿quién las valoraría?, ¿se planteará que se las venda al valor nominal?, ¿acaso se dispondrá que la venta sea según el valor que refleje el patrimonio empresarial?, ¿se hará una valoración como negocio en marcha para determinar el precio de la acción? Estas alternativas vienen acompañadas de su propia complejidad que no será fácil resolver y generará más de una controversia.
A todo esto salta la interrogante: ¿es esta una reforma apropiada en los actuales momentos?, ¿no debieran los actores sociales y el Gobierno, enfocar sus esfuerzos en analizar cómo atraer inversión y fomentar el empleo?, ¿no es hora de un diálogo franco y abierto, orientado a buscar el mantenimiento de las actuales fuentes de empleo y la creación de nuevas plazas de trabajo?, ¿no es esa acaso la forma más adecuada de, en los hechos, materializar una cohesión social efectiva?