Es el modo de vivir, base o regla de conducta, arreglo, ajuste o transacción entre dos partes. Se usa especialmente refiriéndose a pactos internacionales, o acuerdos diplomáticos. En el caso de Ecuador hay un modus vivendi que data del 24 de julio de 1937, mediante el cual fue restablecida la relación entre el Estado y la Iglesia.
Tras la declaración del estado laico, hubo una ruptura que mediante este convenio fijó las bases de una relación que se mantiene hasta el día de hoy, pero que por las calenturas tan típicas de la política pudiera verse afectado.
¿En qué consiste? El documento fue firmado a nombre del Ecuador por el presidente Federico Páez y por el representante del Vaticano. ¿Qué dice? Corresponde a la Santa Sede la elección de obispos. En virtud de este convenio comunicará previamente al Gobierno ecuatoriano el nombre de la persona preelegida para obispo, arzobispo o coadjutor.
Los nombramientos se llevarán a cabo con la mayor reserva por ambas partes. Si es que ha transcurrido un mes del nombramiento, el silencio del Gobierno se entenderá como que no hay objeción para el nombramiento.
¿Cómo se nombra a un obispo? De acuerdo con la iglesia de Roma, la máxima autoridad, es decir el Papa, nombra a sus representantes después de haber efectuado consultas extremadamente serias. Nadie llega a obispo por “palanqueos” o con carpetas bajo el brazo, como suele suceder en la política.
En estos días de ánimos caldeados en Sucumbíos conviene que se hable con la verdad para tratar de evitar enfrentamientos entre los fieles seguidores de un clérigo, cuyo plazo de jubilación ya concluyó, y las nuevas autoridades nombradas soberanamente por la iglesia.
Claro que en estos días resulta difícil convocar a la sensatez, pero por lo menos hay que intentarlo. Fíjense lo que dice el artículo noveno del modus vivendi: Las partes contratantes procederán con el mismo criterio de amistosa inteligencia que inspira este convenio.
La amistosa inteligencia fue tan importante que acordaron ampliar el convenio que señala específicamente que el artículo 4 “en nada menoscaba la plena e incontestable libertad que asiste al clero para predicar, exponer y defender la doctrina dogmática y moral católica”.
¿Y qué dice el numeral 4? “La Santa Sede renueva sus órdenes precisas al clero ecuatoriano a fin de que (se) mantengan fuera de los partidos y sea extraño a sus competiciones políticas”. Es importante mencionar que los tratados y convenios internacionales se firman con los Estados y no con los Jefes de Estado, que se constituyen en un testigo circunstancial de la historia.
¿Qué dice la amistosa inteligencia? Que los tratados deben ser respetados, que ni uno ni otro pueden ejercer injerencia que afecte la convivencia. Así de sencillo.