Cada día que pasa me sorprende más la facilidad como se legisla buscando el control, la persecución. Se señalan conductas que a criterio del gobernante no se pueden realizar, mientras que las acciones de ciertos colaboradores son del todo cuestionables, como por ejemplo, hacer uso y abuso de bienes públicos.
¿Acaso no es abusar llevar a no sé cuántos vehículos de seguridad a que acompañen a practicar deportes a algún jeque del Gobierno?
Ya se prohibió la venta de bebidas con alcohol los días domingo, y los lugares de diversión tienen que cerrar a las 02:00. Se eliminaron los casinos, la fiesta taurina y las peleas de gallos. Todo esto porque, según los dueños del país, son cosas que en una sociedad moderna no se puede permitir. No hay que volver al pasado, en palabras de los dirigentes del Gobierno.
Muchos ecuatorianos siguen atónitos con la forma de limitar las actividades de esparcimiento y descanso a las que tienen (o tenían) derecho. ¡Quieren “modernizar” la legislación, pero incluyen figuras que en el mundo occidental no se dan!
Ahora los asambleístas, que se han caracterizado por su docilidad ante las órdenes de sus superiores de la Función Ejecutiva, han incluido en el proyecto de ley reformatoria al Código Civil como causal para que un juez declare la nulidad del matrimonio, cuando este sea el resultado de lo que se conoce en la doctrina jurídica como “matrimonio servil”.
¿Qué es un “matrimonio servil”? Es aquel por el cual una persona, por lo general una mujer, mayor o menor de edad, sin que le asista el derecho a oponerse, es prometida o dada en matrimonio a cambio de una dote, sea en dinero o en especie, que recibe quien la dio o prometió para contraer nupcias.
Pero no termina ahí la característica del “matrimonio servil”: el marido o su familia tienen el derecho de cederla. Cuando se queda viuda, no tiene acceso a los bienes dejados por el “finadito”.
¿Es una figura que se da en Ecuador del siglo XXI? Que yo sepa, ni a inicios de la República se llegó a tener el “matrimonio servil”. Pero los asambleístas han creado en este país una figura que tal vez sea común en países fallidos, ubicados en Oriente Medio sobre todo.
También estos legisladores incorporaron en el Código Orgánico Integral Penal como delito “la promesa de matrimonio o unión de hecho servil” (106). Hoy no se puede adquirir en ciertos días bebidas con alcohol, ni divertirse hasta el amanecer. Si a esto se agrega el “matrimonio servil”, solo queda preguntar, ¿qué busca el Presidente de la República? No lo eligieron para ayatolá de una nación para que esté autorizando o prohibiendo conductas personalísimas, ni para censor de costumbres.
Prohíbe que se casen las personas menores de 18 años, pero por ganar adeptos, permiten que voten jóvenes de 16 años en adelante. ¡Pobre Ecuador!