Comienzo este artículo felicitando al Gobierno por haber decidido utilizar a la élite de la Policía Nacional, para que patrullen en las calles de Quito, Guayaquil y de otras importantes ciudades, lo cual es absolutamente necesario.
Ojalá que los miembros del Grupo de Operaciones Especiales (GOE) y del Grupo de Intervención y Rescate (GIR) nos puedan brindar la protección que los ciudadanos reclamamos a gritos y que estos desarticulen las bandas de ladrones y criminales que abundan en el Ecuador, donde una inmensa cantidad de ciudadanos hemos sido objeto de delitos como: asaltos, robos, secuestros, violaciones, asesinatos, etc.
En otro orden de cosas, no puedo dejar de opinar en este artículo, sobre la destrucción de la valiosa y cuantiosa maquinaria utilizada para explotar minería en la provincia de Esmeraldas.
Estoy de acuerdo en que el Estado haya tenido que intervenir para paralizar las actividades de extracción minera ilícita en dos cantones de esa provincia, pues esta entre otras cosas, destruye los ecosistemas locales, contamina las fuentes de agua, afecta a las actividades productivas, agrícolas y perjudica la salud de los habitantes de esas zonas (como lo establece el Decreto Ejecutivo 783 del 20 de los corrientes); pero no estoy de acuerdo en que se hayan destruido con explosivos la costosa maquinaria de propiedad privada (retroexcavadoras y tractores) que se utilizaba para ese fin, bajo el argumento de que si sólo se la decomisaba, jueces corruptos la devolverían a los mineros en poco tiempo, como ocurrió en el pasado.
Si bien es cierto que la Ley de Minería permite el decomiso de la maquinaria que se utiliza ilegalmente para la extracción minera, ésta puede pasar a manos del Estado ecuatoriano, luego de un debido proceso.
Es necesario que se explote la minería en nuestro país de una forma ética y técnica, sin causar daño a la salud de los habitantes ni al medioambiente.
El Gobierno actuó en función de medidas cautelares dispuestas por un Juez de Garantías Penales de Pichincha, quien ordenó la protección de los derechos de la naturaleza y dispuso, según declaraciones del señor ministro Arellano, que se neutralicen los equipos y herramientas con los que se atentaba contra el medioambiente; pero la Ley sólo en casos excepcionales como en el de las drogas y en de los alimentos nocivos para la salud, permite la destrucción del producto decomisado.
Ni la Constitución de la República ni el Código Penal ni la Ley de Minería, facultan a ningún funcionario del Estado a destruir maquinaria privada aunque esta haya sido utilizada ilegalmente para explotar minería en nuestro país. No se puede aplicar una sanción no prevista por la Constitución o la Ley, ni nadie puede ser sancionado por un acto que no esté tipificado como delito.