Los límites de la obediencia militar

¿Hasta dónde los militares le deben obediencia al poder civil? Según el artículo 159 de la Constitución, las Fuerzas Armadas serán obedientes y no deliberantes, y cumplirán su misión con estricta sujeción al poder civil.

Pese a que la disposición constitucional es clara, este Gobierno ha tenido serias dificultades para subordinar al mando a sus decisiones, sobre todo en temas complejos que requieren tino y diálogo. Consenso. Respeto a las leyes.

El más reciente es el del manejo de los fondos del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (Issfa), que la semana pasada desencadenó la remoción del Alto Mando.

Unilateralmente y sin que se hayan agotado todas las instancias judiciales, el Régimen decidió retirar de las cuentas del Issfa 41,2 millones y traspasarlos al Ministerio del Ambiente, basándose en un pronunciamiento del Procurador. En este caso, el Gobierno no escuchó los argumentos del mando militar.

Pero este no ha sido el único impasse. En noviembre pasado, el Alto Mando llegó a la Corte Nacional de Justicia, para estar presente en la audiencia por presuntos crímenes de lesa humanidad contra exoficiales del Ejército. El antecedente fue la participación de los militares en un caso de seguridad interna: las operaciones antisubversivas contra el grupo Alfaro Vive. Los siguientes días, el presidente Rafael Correa criticó duramente a los mandos por brindar su apoyo a sus compañeros de armas.

No tomó en cuenta la preocupación de los uniformados y, sobre todo, su precaución a participar en este tipo de operaciones en el futuro, cuando se podrían iniciar más procesos en su contra.

Especialmente, a partir de que rige la enmienda constitucional aprobada en diciembre que dispone como nueva misión de las FF.AA. apoyar en la seguridad integral del Estado. Si bien los militares deben subordinarse al poder civil, el Gobierno requiere procesar democráticamente los disensos sin atropellar las instituciones.

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