Las tormentas políticas habituales en el Ecuador, la falta de análisis objetivo de los hechos y el “fundamentalismo democrático”, que es la ideología que recorre el continente, impiden ver más allá de la coyuntura. En el país, los temas de fondo siempre quedan sumergidos en lo inmediato, apenas insinuados. De allí que no se sabe con claridad cómo operará el proyecto político aplicado a la realidad de una sociedad tan particular e inestable como la nuestra. Hasta aquí, el “proyecto” es una suma de actos de autoridad, imperativos categóricos nacidos del liderazgo del presidente, formulaciones basadas en la teoría de la planificación, aspiraciones de la izquierda criolla e ideas generales de agrupaciones sociales. Pero aún no se ve la sustancia.
I.- La ignorancia de la realidad. La lectura de las constituciones políticas ecuatorianas, incluyendo la vigente, deja la impresión de que son documentos narrativos que poco o nada tienen que ver con una sociedad concreta. Algunas, entre ellas la novísima, son estatutos que parecen escritos desde la irrealidad de las doctrinas, desde el entusiasmo de las emociones o desde un ideario partidista lejano a las implicaciones y modulaciones del país. No se puede negar que los sistemas jurídicos tienen también, entre otras, la función de modificar las cosas. Sin embargo, para tener éxito en semejante cometido, debe partirse de la realidad. Y no solamente desde ella, sino además, de un escenario prudente, cauteloso y objetivo que tome en consideración cómo podrán incidir las ideas articuladas en las normas constitucionales en el ambiente de la comunidad. Es decir, qué planta estoy sembrando y en qué suelo. Ese ensayo de elemental prudencia legislativa no se ha hecho jamás. Los resultados han sido casi siempre negativos y contrarios, incluso, a las intenciones del poder político.
Un tema relevante es, por un lado, la absoluta independencia de los jueces respecto del poder político, y por otro, las competencias de tales jueces y su función frente a la ley. No se puede, ni se debe, ignorar en qué forma reaccionará la sociedad, de cómo actuarán los abogados, funcionarios, clientes y políticos, frente, por ejemplo, a la de “jurisdicción discrecional” los jueces que proponen las tesis neo constitucionalistas. Qué ocurrirá cuando los jueces, bajo tal inspiración, tramiten, examinen y sentencien las causas. No se puede aplicar una teoría como la de la “irradiación” de la Constitución y sus principios, ignorando la ley y auspiciando de ese modo la inseguridad jurídica, la subjetividad, en nombre dizque de la “justicia”, la “solidaridad”, “el buen vivir”, etc. La devaluación de la ley positiva que tales teorías entrañan va a generar confrontación y alentar el fortalecimiento de la viveza criolla y de la habilidad abogadil, empeñada, como quedará, en conseguir que el juez ignore los contratos, se haga de la vista gorda ante las normas, se olvide de los datos del proceso, y… sentencie únicamente con base en la “doctrina”, o lo que será peor, con fundamento en lo que el juez del último rincón entienda sobre la última teoría en boga.
II.- La “cultura” del abuso del Derecho. Legislar implica primero entender la índole de la sociedad a la que se destinan las normas. Supone calcular si serán o no eficaces, si recibirán una mínima adhesión social para que se cumplan, porque la coacción, la multa o la cárcel, no lo hacen todo, son artificios subsidiarios finalmente. Alguien dijo que si una ley no se convertirá en una “costumbre social”, es mejor no dictarla. Consejo sabio, porque numerosas disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias, terminan en el cajón de sastre de las normas inútiles, o lo que es peor, se convierten en argucias para abusar del derecho y transformarlo en cosa absolutamente distinta de la que el legislador quiso.
Así, la “justiciabilidad” de los derechos económicos, sociales y culturales establecida como principio en la Constitución del 2008 (art. 11, nro. 3), tema ideal en la teoría, aunque todavía muy debatido por los académicos, resultará un bumerán para municipios y Estado, porque la índole abusiva que lamentablemente predomina en varios sectores sociales, bajo la teoría de la exigibilidad judicial de todo lo imaginable, terminará encerrando al poder en una red de demandas, peticiones, acciones de incumplimiento y de daños y perjuicios, que por otra parte, serán costosas y complejas, por las confrontaciones que van a generar. Igual ocurrirá con los derechos de la naturaleza, cuyo personeros y procuradores judiciales somos todos, pero en especial las ONG, los pueblos, las nacionalidades y los movimientos sociales. Buen arma hay allí para paralizar cualquier obra pública o explotación estatal o privada.
La misma suerte corre la justicia indígena, el ejercicio de las acciones de protección y la acción extraordinaria de revocación de las sentencias ejecutoriadas de la Corte Nacional.
No se trata de objetar la abundancia de derechos que constan en la Constitución, ni el reconocimiento reiterativo de los tratados y derechos internacionales de derechos humanos, temas todos ellos con los que estoy perfectamente de acuerdo. Lo que preocupa es que un sistema como en que entraña la Constitución, aplicado a una sociedad como la ecuatoriana, puede terminar en lo que algunos llaman la “derogatoria por la realidad”, es decir, en una situación de crónico incumplimiento, de confrontación de intereses, de ejercicio abusivo de expectativas. En definitiva, en una prueba de fuerzas, como las que desde hace años hacen, cada vez que les conviene, los activistas, gremios, sindicatos y grupos que viven de la acción política y de la movilización perpetua.
III.- ¿La ley del más fuerte? Como dice el refrán, cuidado que en el tema de los derechos y del garantismo “vayamos por lana y terminemos trasquilados”. Es decir, los excesos, las teorías de una academia que no sale de su torre de marfil, y la devaluación de la ley a manos de teóricos, jueces, activistas, abogados y aprovechados, es probable que termine derogando los derechos, enervando sus garantías, anulando los contratos, y haciendo de la norma referente para ingenuos. Todo eso en nombre de la “justicia” y… de los “principios”. No sea que estemos construyendo la “ley del más fuerte” y no “la ley del más débil”. No sea que estemos propiciando incertidumbre en lugar de certeza, y que todo esto se convierta en bumerán que termine liquidando la poca fe que queda en el Derecho.