La independencia de las funciones del Estado es requisito esencial sin el cual la República no existe, la democracia es imposible y los derechos se reducen a declaraciones líricas vaciadas de contenido. Si bien este es tema de Derecho Político o debate doctrinario, sin embargo, es fundamentalmente, asunto que incide como pocos en la vida cotidiana. En la práctica, la efectiva separación de funciones es testimonio de libertades. El monopolio político, en cambio, es negación de la posibilidad de discrepar y de oponerse al poder dominante.
1.- La República con poderes fraccionados.- La propuesta de una República sin monopolio del poder, sin concentración de facultades en el gobernante, en la Asamblea o en los jueces, nació como respuesta al absolutismo, que personalizó el poder y confundió el Estado con quien ejercía transitoriamente la autoridad, de ese mismo absolutismo que creó y practicó la teoría de que los gobernantes estaban exentos del imperio de la Ley, que eran seres superiores nacidos para mandar. Montesquieu identificó el monopolio político y la concentración de jurisdicciones como el peligro mayor para las libertades, de allí que propuso, como piedra angular de la República, la división de las funciones, la separación de las instituciones. El monopolio, de hecho o de derecho, es el principal problema para los sistemas representativos, porque, al igual que en la economía, en la política, lo peor que puede ocurrir es la eliminación de la competencia y de la libertad de elegir. La República y el Estado de Derecho son, pues, el antídoto contra los grandes males que acarrea la política entendida como designio de poder, como revelación divina o como atributo de los caudillos.
2.- El sistema de chequeos y controles.- La división de funciones -clave republicana- trae consigo el sistema de chequeos y controles. El punto de partida es que ninguno de los estamentos políticos es superior a los demás, que todos tienen la misma calidad jurídica, que entre todos hacen el Estado al servicio de las personas. Más aún, que los jueces pueden, y deben, examinar la conducta de los presidentes y altos funcionarios; que la Asamblea o Parlamento debe contar con el gobernante para legislar, a través del sistema de veto y sanción de las leyes; que el Presidente, y los demás jerarcas, legisladores y jueces pueden ser enjuiciados en lo político, en lo administrativo e, incluso, en lo penal, cuando hubieren cometido infracción punible.
El sistema de chequeos y controles es propio del Estado de Derecho y es lo contrario al llamado “Estado Administrativo”, basado en el poder incondicional, en el carisma, en las facultades verticales, en la voluntad gubernativa y vinculado usualmente a “misiones” o “proyectos” que nunca se votan, y que terminan sometiendo a la gente y suprimiendo sus derechos en nombre de cualquier utopía. El sistema de chequeos y controles, como la división de las funciones, son de inspiración genuinamente liberal. Responden al concepto de “Estado limitado.” Y responden también a la idea de que el principal valor que se debe preservar y fortalecer es la libertad individual, siempre amenazada por el poder. El poder se limita rompiéndolo, haciendo que comparta con otras funciones su ejercicio, condicionando las actos políticos a lo que sobre ellos opine o cuestione el parlamento o los jueces.
3.- La majestad, como condición esencial.- Las repúblicas, el Estado de Derecho y el régimen de chequeos y controles no funcionan solamente porque así se declare en una Constitución, porque lo diga la ley, o porque, de hecho, existan asambleístas o jueces. Funciona cuando cada función esté investida de majestad, viejo concepto casi olvidado que, sin embargo, es clave en el Derecho Político y en ética pública. Majestad implica dignidad personal e institucional. Supone “autoridad moral”, capacidad y eficacia para frenar el poder del otro, condición para discrepar y para adoptar decisiones sin temor reverencial, sin miedo. Majestad es lo contrario al sometimiento, al acomodo de jueces, funcionarios y legisladores. Majestad es autonomía institucional y personal. Es la condición necesaria de reconocer, distinguir y respetar la delgada línea roja que marca los límites entre la responsabilidad y la complicidad, entre el compromiso ideológico y la tolerancia con el abuso. Sin el elemento moral, más que político o jurídico de la majestad, no es posible la República, y los chequeos y controles pasan a ser una penosa declaración que no se cumple.
4.- La independencia judicial y la autonomía legislativa.- Es verdad que jueces y legisladores hacen parte del Estado, pero para que opere el sistema de Derecho, y para que se respeten los derechos individuales, es preciso que las dos funciones tengan capacidad efectiva para actuar, condición suficiente para obrar y juzgar. En el caso de las asambleas legislativas, el peligro está en que, a título de mayorías parlamentarias, los grupos de diputados afines a los gobiernos enerven y condicionen las facultades de hacer leyes que convengan a la comunidad, y no solo al poder, y además, que, en la práctica, por obra y táctica de los asambleístas afines, se anule la rendición de cuentas y el juicio político. El país es testigo de innumerables experiencias al respecto. Los legisladores dóciles, simples portavoces de la voz oficial, acaban con la República, y hacen del sistema de chequeos y controles un penoso remedo.
El caso de los tribunales y de jueces es aún más importante, porque signo de civilización es la posibilidad de que el juez independiente, respetable y transparente, se convierta en recurso de protección de los derechos, que sea el alero bajo el cual se pueda escampar de las tormentas de los autoritarismos, de las tormentas que desata toda concentración de poderes. Lo peor que le puede ocurrir a una sociedad es que tenga sobre sí un Estado blindado contra los juicios contenciosos que le entablen sus ciudadanos, o que demandar a la burocracia o a los gestores de cualquier poder se convierta en riesgo cierto, en factor de descalificación y en excusa de persecución. Sin embargo y pese a lo que se piense en contrario, se extiende la peligrosas idea de que demandar al Estado, hacer efectiva su responsabilidad consagrada en la Constitución, es una especia de ofensa a la “patria.”
Sin independencia, no hay garantías, ni nación ni civilización. Hay poder que, como alguien dijo, es “la posibilidad de hacer daño”.