Ya tenemos nuevos Honorables en la Asamblea Nacional. No cabe duda que honrarán la dignidad popular que ostentan, pues actuarán en lo principal de manera distinta e inclusive opuesta a lo acontecido en épocas recientes.
No tendría justificación el temor de que algunos de los recién elegidos incurran en conducta similar a buena parte de los que se van. Pero como no hay mayoría en ningún bloque, posiblemente para constituirla podría reaparecer la antigua tendencia del “hombre del maletín”. De ser así, como los tiempos han cambiado ya no sería el maletín sino algo de mayor volumen, como una maleta llena de billetes.
El progreso de la tecnología haría factible cumplir el compromiso, mediante transferencia bancaria, pero como de eso queda huella preferible recibir el dinero contante y sonante, o un billete sobre otro.
Esto pertenece al pasado. Cualquier suposición actual, de manera alguna tiene conexión con la noticia: “El hombre de confianza de Lasso va por los acuerdos” (EL COMERCIO, abril 17, 2021). Su trabajo es con los nuevos legisladores. Reiteramos la convicción de que los nuevos legisladores son personas de honor. Honor, en concepto usual, es cualidad moral que lleva al cumplimiento de los propios deberes respecto del prójimo y de uno mismo. En el caso de los legisladores –y de todas las personas con mando– es doblemente exigente, por ello el título de Honorable para ellos se escribe con doble H.
No solo lo anterior. La Constitución que jurarán respetar somete la conducta a prohibiciones, como éstas: a) Conceder amnistías por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios (Art. 120). Seguramente recibirán decenas de solicitudes de aquellos enjuiciados penalmente que se consideran inocentes y victimas de persecución política; otros, ya condenados, alegando motivos humanitarios.
Si contrariando la tesis básica del nuevo Gobierno de no intervenir en la actividad de la justicia lo hace, se cumpliría la regla de oro, plata y diamantes del aforismo de la mala política: hoy por ti, mañana por mí. b) También está prohibido gestionar nombramientos de cargos públicos. La Carta Política es escueta y no aclara si la prohibición incluye a parientes, agnados y cognados. Tampoco, si las gestiones beneficiarán a quienes ayudaron en la campaña con plata y persona. Para estos últimos, no es suficiente un cargo público, sino contratos con sobreprecio y el derecho –si se descubre- de ausentarse a vivir en el extranjero en la humilde “chocita” que ya tienen adquirida.
Finalmente, aunque la Constitución no lo diga, al legislador no le ennoblece proponer juicio político, especialmente contra aquellos ministros que están de salida, con el solo propósito de lucir su verbo y su valía intelectual; o, finalmente, para sembrar un precedente para futuras elecciones.