En mi época de estudiante universitario los profesores de Derecho Penal, doctores Ernesto Albán Gómez y Ricardo Vaca Andrade, me enseñaron, entre otras cosas, que las personas naturales, como usted o como yo, pueden ser imputables por cometer un delito. Para que un ciudadano sea responsable por una infracción, debe cometerla con “voluntad y conciencia” (art. 32 Código Penal). ¡Pero hay “paredes” que se gradúan sin entender nada! Una persona jurídica, es decir una compañía, una mutualista, una cooperativa, no pueden ser enjuiciadas penalmente, entre otros motivos, por ser una creación del legislador. Las personas jurídicas como tales no tienen “voluntad y conciencia”, requisitos indispensables para determinar la responsabilidad penal.
Si se quiere ser más específico, las personas jurídicas por ser entes ficticios, no cometen delitos, excepto en la mente de ciertas “paredes” que transitan por la universidad. Los que podrían ser imputados por un delito son sus administradores, pero en ese caso ellos son personalmente responsables, como por ejemplo al girar un cheque sin fondos.
También me enseñaron que en materia penal son responsables de las infracciones los autores, cómplices y encubridores (art. 41). ¡Nadie más! El Código Penal prohíbe la interpretación extensiva de sus disposiciones. No hay posibilidad de crear un nuevo tipo de responsabilidad en las personas. Pero, hay paredes y paredes, que han inventado una categoría especial, acorde al momento, no a la doctrina penal: los coadyuvadores. ¡Otra aberración jurídica en la Revolución Ciudadana!
Pueden ser calificados de autores de un delito (art. 42) “los que han coadyuvado a la ejecución, de un modo principal, practicando deliberada e intencionalmente algún acto sin el que no habría podido perpetrarse la infracción”. En el caso de El Universo, pregunto ¿cómo una persona jurídica que es un ente ficticio, y por tanto, al que no se le puede imputar un delito, actuó deliberada e intencionalmente y coadyuvó en la infracción penal por la que se le juzga?
Siguiendo esta línea de pensamiento, ¿cómo es que una persona jurídica, El Universo, puede ser imputada con un delito que tiene que ser cometido por una persona física con voluntad y conciencia? A una persona jurídica se le pueden seguir juicios civiles, laborales, de inquilinato, pero penales, en ninguna parte del mundo, excepto en esta isla de caos organizado por la ‘trouppe’ de Carondelet.
Un lector me remitió la semana pasada un correo electrónico en el que transcribe una frase de Paul Valery: “Lo que más irrita a los tiranos es la imposibilidad de ponerle grillos al pensamiento de sus subordinados”. Mientras más prensa independiente exista en el mundo, más se afianzan la democracia y las libertades. Lo que obviamente conlleva la ira del gobernante.