Ecuador sin empleo formal

La información del Ministerio de Relaciones Laborales y el INEC muestran una cruda realidad. Solo el 17% de la población económicamente activa (PEA), es decir, aquella en edad de trabajar y estar dispuesta a aquello, tiene un empleo adecuado. Esto significa que el 83% de la PEA está en calidad de subempleada o desempleada. Por lo tanto, el porcentaje de personas afectada por el estancamiento económico de los últimos años, la severa recesión económica de este 2020 y los embates de la pandemia, constituye sin lugar a dudas el mayor problema que presenta la economía ecuatoriana. Es simple predecir que una realidad de esta gravedad se manifestará en mayor inseguridad ciudadana y más delincuencia.

Cabe sin embargo hacer algunas precisiones, pues la misma fue elaborada en pleno confinamiento y bajo la metodología de llamadas telefónicas que sin restarle validez es distinta a la muestra obtenida en el pasado a través de entrevistas. Por un lado, la posibilidad de reducir la jornada laboral de acuerdo a la nueva Ley de Ayuda Humanitaria aprobada por el problema de la pandemia, puede sobredimensionar el número de personas que no cumplen las 8 horas diarias de trabajo y con ello sobreestimar el rubro de subempleados. Por otra parte, el ejercer el teletrabajo puede ampliar la base de empleos sin una relación laboral formal, con lo que también hay el riesgo de mayor número de “subempleados”. Se podrían seguir emitiendo algunas observaciones pero hay algo que queda claro: el sistema legal vigente genera un incentivo perverso a despedir personal antes que contratar.

Los costos de contratación y sobre todo de despido son absolutamente sobredimensionados, inclusive el costo por renuncia voluntaria es también excesivo. La inexistencia de remuneraciones por hora de trabajo cumplida es también una seria restricción, pues los vaivenes del entorno económico y los ciclos de las actividades productivas hacen imposible adecuar horas de trabajo fijas cuando la realidad económica es variable. La presencia de jubilación patronal conforma así mismo un incentivo perverso, pues busca desprenderse de personal cuando éste acumula años de trabajo y se aproxima a la edad y a los requisitos de jubilación. Estas rigideces, entre muchas otras, inhiben la contratación, pues promueven exactamente lo contrario.

El empleo autónomo, sin embargo, puede convertirse en una válvula de escape ante la falta de empleo formal, pues no necesariamente es subempleo. No obstante, puede generar impactos desfavorables a la sostenibilidad de la seguridad social pública, pues son trabajadores pero no aportan al IESS a pesar que no serán beneficiarios futuros de las prestaciones de jubilación y otras. Por esto y otras razones, una reforma integral a la seguridad social es emergente e importante. Solo el sector privado podrá absorber este exceso de subempleados y desempleados. Para ello urge también una profunda reforma laboral.

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