La avalancha de pedidos de revocatoria del mandato está de moda. Desde el proceso de revocatoria presidencial hasta la remoción de 37 alcaldes se analiza en el país, gracias a una norma de la nueva Constitución que abre la puerta de esta opción.
El artículo 105 de la Carta Magna posibilita la revocatoria del mandato de las autoridades de elección popular. Solamente podrá presentarse una vez que se cumpla el primer año y antes del último del período para el que la autoridad haya sido electa. Para ingresar la solicitud se debe presentar al menos el 10% del padrón de la jurisdicción por la cual se eligió al mandatario. Para el Presidente de la República, la Constitución exige el 15% de los inscritos en el registro electoral. El Consejo Electoral es la autoridad encargada de convocar a las urnas para que el pueblo decida sobre la revocatoria.
El periodista Carlos Vera, ahora en la actividad política, se halla en plena campaña para recoger firmas para revocar el mandato del presidente Correa.
Si Vera recoge las firmas y se convoca a las urnas, los recursos que puede emplear el Presidente no tienen límite. Entonces, veremos en su gran potencial al eficaz y poderoso aparato de propaganda del Gobierno y a Rafael Correa jugando en el terreno que mejor conoce y donde se muestra de una habilidad asombrosa: ganar elecciones.
Mientras tanto, en esta ola de pretendida participación popular se habla de revocatorias de alcaldes de ciudades como Quito, Machala y Esmeraldas y otros. Los burgomaestres están con las barbas en remojo. Hoy se alude a un factor de inestabilidad política, algo que el legislador constituyente, en la fiebre de la revolución ciudadana, no fue capaz de meditar de modo suficiente. Muchos personeros de Alianza País pudieran ser víctimas de su propio invento.