La actividad de los notarios, que había experimentado ya algunas reformas hace un año, hoy vuelve a la palestra pública en virtud de las nuevas atribuciones que les otorga la Ley aprobada el jueves último con 91 votos en la Asamblea.
Estas nuevas funciones notariales están orientadas, principalmente, a acelerar los trámites y a desconcentrar la labor judicial. Los notarios podrán -una vez que la Ley sea analizada por el Ejecutivo y regrese al Legislativo- declarar la disolución de las uniones de hecho en un tiempo máximo de diez días, si hay acuerdo entre la pareja y ésta no tiene hijos menores de edad.
Asimismo, los divorcios y las disoluciones de uniones de hecho serán resueltas en una sola diligencia por el notario y no será necesario contratar un abogado, como lo es actualmente. Incluso el notario podrá determinar la división de bienes acumulados durante la relación; ahora el trámite debe hacerse ante un juez civil.
Otra atribución importante que dará la ley a los notarios es la mediación. Ello sucederá luego de la autorización del Consejo de la Judicatura, que se cumplirá en un plazo de 60 días luego de que sea aprobada la Ley.
Igualmente, podrá dar copias electrónicas certificadas con su firma electrónica, de documentos originales, ya sean físicos o electrónicos; un trámite que ahora puede tardar meses.
En fin, un conjunto de reformas que, bien aplicadas, pueden redundar en un mejor y más ágil servicio al usuario.