El texto de la Constitución del 2008, y el desarrollo legislativo que ha generado, apuntan a la concentración del poder y a la “recentralización” férrea del Estado, y ponen de manifiesto aquello que se advirtió cuando la Carta era apenas un proyecto: la confrontación planteada en su articulado entre el teórico esquema garantista de derechos y la consolidación de un fuerte concepto de la “autoridad.” ¿Quién triunfará? La partida, por lo pronto, van ganando los estatistas, mientras los garantistas disimulan, justifican la tendencia, y se aferran al discurso del “no pasa nada”.
1.- El “problema de los derechos”.- Los derechos de las personas, cuya protección es la única razón que justifica la existencia del Estado, son, a la vez, el principal ‘problema’ para el poder. Problema porque los derechos, bien entendidos, marcan los límites de la política, estorban la tendencia a concentrar facultades y colocan a las leyes en la disyuntiva de ser o (i) herramientas de contención del afán de dominación; o, (ii) armas del poder, cerrojos de las libertades. La tendencia prevaleciente prefiere inclinar la balanza hacia el blindaje de la autoridad, al punto que advertimos, hace rato ya, que los derechos corren el grave riesgo de quedar atrapados en una tupida red de micropoderes que hará que el ejercicio de las libertades sea cada vez más complicado y que se inventen toda suerte de condiciones y requisitos que conducen que se corporativice la vida y se politice la ciudadanía.
Paradójico: el Estado presidencial, cuyo teórico fundamento son los derechos, se encamina hacia un fuerte concepto de autoridad central, que prevalecerá sobre las libertades. Ese es el drama y la contradicción que encierra la Constitución.
2.- ¿Quién es el soberano?.- El problema de los derechos en organizaciones políticas que se confiesan socialistas, e incluso en las que no lo son, es su potencial expropiación por el Estado, en beneficio del siempre hipotético y nebuloso “interés nacional”. En las democracias plebiscitarias, se suma el hecho de que los derechos de las personas quedan sujetos, sin límite a las decisiones de las mayorías, porque se confunde al “soberano” que, en realidad, es el individuo concreto, con la multitud inorgánica de una presunta entidad política -el pueblo- que no existe como tal entidad. Por arte de “democratismo”, el soberano pasa a ser la Asamblea o Congreso, que se atribuye los derechos de las personas y con esa excusa se atreve incluso a suplantar a los individuos en las más íntimas decisiones: su destino, la educación de sus hijos, el régimen de familia, la propiedad, la información, etc.
El “soberano” deja de ser cada persona y comienza a ser “soberano” el Estado. Pero ese Estado es un poder que (i) tiene “supremacía” sobre los otros factores de poder, en un determinado territorio, y (ii) es poder “independiente” de los otros poderes (Estados) en el mundo internacional. La pregunta es si tiene en realidad “soberanía”, si puede autodeterminarse ilimitadamente, y si al hacerlo puede menoscabar los derechos de las personas, si puede someterlos a un proyecto político, a su planificación, si puede obligar a que todos piensen igual, a que crean en lo que creen sus dirigentes, a que profesen la misma ideología, adoren a los mismos dioses o a los mismos mitos. Si el Estado no puede hacer todo eso, ¿puede considerarse, entonces, “soberano”? Yo creo que no. El soberano es el individuo, que necesita tener una patria digna y libre, que es cosa distinta. Por otra parte, la misma Constitución somete a ese Estado soberano a los tratados internacionales de derechos humanos, luego, la soberanía que tantos discursos ocupa, es, apenas, supremacía territorial relativa, condicionada y dependiente. Lo que significada, además, que el individuo, único titular de los derechos fundamentales protegidos por los tratados internacionales, es el sujeto único e irrevocable de la soberanía. No lo es ni la Asamblea, ni el Ejecutivo, ni son los asambleístas que se autotitulan representantes de la soberanía, más aún, agentes del soberano. La única soberanía cierta, incuestionable, corresponde a la persona, que la tiene a título propio que emana de su dignidad.
3.- Los derechos como la “piedra de toque”.- Los derechos y las libertades son la “piedra de toque” en la edificación de los Estados, y en la modificación de las reglas de juego, al punto que un sistema político puede catalogarse, con exactitud casi matemática, por el grado de reconocimiento efectivo y de garantías reales a los derechos, o por la abundancia de limitaciones y trabas a las que se sujeta su nacimiento y ejercicio. Los derechos y las libertades son el criterio determinante para entender frente a qué tipo de poder estamos. Y en esa determinación no cabe la fraseología, cabe la constatación de la extensión de las normas, del grado de permisividad, de la posibilidad real de impugnar ante jueces independientes los actos del poder y de pedir cuentas de su ejercicio. Si nada de eso es posible, o si lo es en forma restringida, condicionada, sometida a la incertidumbre judicial interna, no habrá Estado de Derecho, ni habrá, en la práctica, derechos individuales como patrimonio jurídico y moral de cada uno.
Las ideologías estatistas siempre han sostenido que los derechos de las personas nacen exclusivamente de la ley, esto es, de un acto político discrecional, en virtud del cual el poder ‘otorga’ o quita graciosamente facultades a las personas. Esa visión de la que está contagiado el pensamiento socialista, es tremendamente retrógrada, tiene origen monárquico, como lo tiene el concepto de “soberano” vinculado con la idea del poder. Los reyes franceses decían “el Estado soy yo” y, bajo semejante óptica, asignaban y quitaban derechos y privilegios, jugaban con la dignidad y eliminaban libertades, todo según un concepto pragmático, que heredaron después los fascistas y los socialistas. El ‘realismo’ político y el absolutismo monárquico rondan siempre entorno a las mentes que se dicen progresistas.
La verdad es que los derechos de las personas son anteriores a la Ley y superiores al Estado y a la Constitución. Y son realidades problemáticas en el sentido de que el poder debe convivir con la soberanía de cada persona y respetarla, tema que las leyes deben considerar para hacer posible su pleno ejercicio y vigencia.
El tema de los derechos, su autonomía y protección por los tratados internacionales, es el fondo de la discusión en torno a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.