En esta era de Internet, motores de búsqueda, indexación y almacenamiento de datos personales, se piensa que es un imposible que el llamado “derecho al olvido” se haga efectivo. Parecería que todo lo que está en Internet se quedará allí para siempre; cualquiera puede tener acceso a la información que sobre nosotros se publicó, sin importar el tiempo transcurrido, la pérdida de actualidad e importancia. Errores de juventud, deudas impagas, problemas legales, actos vergonzosos podrían ser encontrados por cualquiera en cualquier momento.
Una sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentado las bases para que esto no sea así, al menos en esa región del mundo; toda persona podrá solicitar a los buscadores, no a los administradores del sitio de Internet, que eliminen información que ya no tiene relevancia temporal, que se considera obsoleta, sin importar si causa o no un perjuicio directo al peticionario.
Las excepciones para no atender a este “borrado” son concretas, por ejemplo, cuando quien lo solicita ha desempeñado algún papel en la vida pública y, “que la injerencia en sus derechos fundamentales está justificada por el interés preponderante de dicho público en tener, a raíz de esta inclusión, acceso a la información de que se trate”. En este ejercicio de ponderación, el Tribunal ha decidido dar mayor peso a la vida privada y a la protección de los datos personales, que al interés de los internautas de acceder a esa información.
El caso que dio paso a esta decisión es el mejor ejemplo. Un ciudadano español presentó un reclamo contra el periódico La Vanguardia y Google, debido a que cada vez que ingresaba sus nombres en el buscador aparecían dos vínculos a páginas de ese diario, que databan de 1998, que contenían anuncios de subasta de inmuebles por sus deudas con la Seguridad Social. Este exigía al medio de comunicación la eliminación o modificación del anuncio, para que sus datos personales no consten y al buscador que elimine esos enlaces.
Google alegó que esa solicitud debía dirigirse al editor del sitio de La Vanguardia, responsable de la publicación de la información, ya que imponer al “gestor de un motor de búsqueda que retire de sus índices información publicada en Internet no tiene suficientemente en cuenta los derechos fundamentales de los editores de sitios de Internet, del resto de internautas y del propio gestor”.
Desde estos lares, donde cientos de datos personales (procesos judiciales, impuestos, títulos académicos, multas de tránsito, propiedades, noticias) están disponibles para que cualquiera, con algo de entrenamiento, acceda a ellos y los difunda, esta clase de decisiones parecen extrañas; sin embargo, deberíamos preocuparnos porque su aplicación aquí, en las actuales circunstancias, seguramente derivaría en un incremento a la restricciones de acceso y circulación de información.