Denunciar la corrupción
¿Qué haría usted si, por ejemplo, desde hace varios meses o años, un juez de coactiva de una institución pública o un juez cualquiera, no ordena levantar la prohibición de enajenar que pesa sobre uno o varios de sus inmuebles, sin causa legítima? ¿Se quejaría ante ese juez por la falta de despacho o lo haría ante sus principales? Y, ¿qué haría usted si, hecho todo ello, no obtiene los resultados deseados?
¿Qué haría usted si, en esas circunstancias, un amigo lo llama y le dice que conoce de su caso y que con el pago de ‘X’ miles de dólares a uno o varios funcionarios de esa institución, el Juez ordenaría el levantamiento de esa prohibición de enajenar en pocos días? ¿Denunciaría ese ilícito con el riesgo que ello implica para su amigo y para usted? Analicemos las consecuencias de ello.
Usted está obligado a denunciar que está siendo víctima de un acto de corrupción, lo cual constituye una de las formas de combatirla.
Pero, ¿qué pasa si usted no denuncia ese ilícito, por consideraciones a su amigo, quien tuviera que declarar quién lo contactó y le pidió que lo llame para solicitarle la entrega de dinero? O ¿qué pasaría si no denuncia por temor a las represalias que los corruptos pudieran tomar en su contra, como lo es el hecho de que no despachen su pedido o lo que es peor, que se lo nieguen? Si usted no denuncia el cometimiento de un delito lo pueden considerar como encubridor, en cuyo caso puede terminar en la cárcel. Moraleja: Si es víctima de una extorsión, denúnciela por el medio que considere más apropiado.
El delito de concusión se perfecciona, cuando la persona encargada de un servicio público exige dinero para cumplir con su deber; y el de extorsión, cuando lo obligan a entregar dinero para producir un efecto jurídico.
Las instituciones del Estado están obligadas a indemnizar a los particulares por los perjuicios que les irroguen, como consecuencia de la prestación deficiente de los servicios públicos o de los actos de sus funcionarios y empleados, en el desempeño de sus cargos, las cuales tienen el derecho de repetición contra ellos.
Son responsables de las infracciones los autores, los cómplices y los encubridores. Son cómplices, los que indirectamente cooperen en la ejecución del acto punible.
El Juez que sin causa legítima, rehúsa prestar el servicio que se le exige, cual es el de administrar justicia, será reprimido con prisión.
Si un Juez recibe dinero para fallar a favor o en contra en un juicio, comete el delito de cohecho, así como el delito de enriquecimiento ilícito.
Innumerables casos de corrupción -como el antes relatado- deben existir en nuestro país, lo cual hace necesario que combatamos la corrupción a como dé lugar, con los riesgos que ello implica. Los denunciantes de un hecho ilícito deben ser premiados y no perseguidos, como ha ocurrido en el pasado.