¿Democracia ilimitada?

El endiosamiento de la democracia y su transformación, de método necesario pero imperfecto de gobierno, en argumento de la vida, la cultura y el derecho, plantea algunas interrogantes, que deben ser examinadas críticamente, en bien de las libertades ciudadanas y en rescate de la república y del imperio de la ley.

1.- Los límites de la democracia representativa. Uno de los problemas más complejos del sistema democrático es la verdadera dimensión de la representación política, su idoneidad como método para expresar, en la legislación y en los actos de gobierno, aquello por lo que el “pueblo” votó.

La teoría de la representación política parte de la hipótesis de que habría siempre una fiel y exacta traducción de la voluntad popular en los actos de gobernantes y legisladores, es decir, que la ejecución del mandato sería perfecta. La hipótesis se sustenta en varios supuestos, que con frecuencia no corresponden a la realidad, así: (i) la gente votaría siempre con responsabilidad y amplia información, juicio crítico y libertad, sobre ideas expuestas didácticamente por los candidatos; (ii) que los candidatos, una vez convertidos en gobernantes o legisladores, cumplirían con fidelidad aquello que la gente eligió; (iii) el poder consistiría, por tanto, en actos de ejecución precisa de la agenda votada por la comunidad; (iv) por tanto, el votante común estaría plenamente informado, la difusión de las propuestas sería objetiva, quedarían excluidas la propaganda, el discurso electoral y la oferta que apela a la emotividad, en suma, que viviríamos en los tiempos de una república ilustrada, en la cual la política sería tarea pedagógica, y no competencia irracional para copar las funciones públicas. La verdad es que en América Latina hay casi insalvable distancia entre lo que constituye la agenda electoral, y lo que es la agenda efectiva del poder.

2.- La ‘democracia ilimitada’.La idea de que la democracia no tiene límites se ha extendido por toda América Latina. En el Ecuador es un “concepto duro”, casi un dogma de fe. Sin embargo, si vamos a las fuentes del sistema, concluiremos algo distinto. La democracia es un régimen político cuya nota fundamental consiste en la tesis de que el poder radica en cada uno de los ciudadanos. Eso no puede significar jamás que sus transitorios representantes puedan obrar de modo que contradigan los derechos fundamentales de los individuos. Nadie delega el poder para suicidarse o para negar sus libertades, porque eso significaría contrariar los fundamentos  de la democracia, que parte del supuesto de que existe una población conformada por ciudadanos deliberantes, discrepantes y autónomos, que no pueden perder tales calidades ni aun por decisión de las mayorías legislativas.

El riesgo de la “democracia totalitaria”ya fue advertido por los liberales europeos hace mucho años, y ha sido preocupación de los demócratas, porque la democracia como sistema político no es un fin, es un medio para la realización personal, cuya eficiencia y utilidad debe medirse por los resultados en términos de respeto y garantía concreta a los derechos fundamentales.

La única forma admisible del poder político es aquella en que coinciden (i) la democracia, como forma de Estado, (ii) con   la república como forma de gobierno. Eso significa que el poder proviene de los individuos, que la participación de los ciudadanos dota de legitimidad al sistema, que las personas libres intervienen de algún modo en la formación de las leyes. Pero ese poder debe ser limitado, reglado puntualmente por la Constitución y la Ley, responsable, fraccionado y con un régimen de pesos y contrapesos que evite la concentración de facultades y el predominio de una función sobre otra.

3.- Limitaciones de la mayoría. La democracia no puede ser fundamento de poderes ilimitados. La “democracia totalitaria” solo tiene las formas del régimen representativo. En el fondo, ese sistema es una autocracia, en la cual la participación de los ciudadanos se agota en las elecciones inducidas por la propaganda, que crean un sistema cerrado y excluyente de poder, y en el que las potestades públicas  quedan atribuidas a una cúpula que no admite contradicción, bajo la idea de que sus disposiciones son absolutas.

El totalitarismo se originó en la tesis de Thomas Hobbes, según la cual el pacto social, al formar el Estado, crearía un poder absoluto por decisión de la mayoría: el Leviatán que absorbe todos los derechos y retribuye caprichosamente con algunas prebendas o concesiones a los ciudadanos. Esas concesiones, en las tesis totalitarias, son revocables, prestadas, no son propias de los individuos. Eso genera una sistemática dependencia del poder público que condiciona y limita los derechos individuales, y los suprime cuando el poder cree conveniente.

Uno de los asuntos debatibles es aquel según el cual la “mayoría” constituida por un acto electoral estaría investida de poderes portentosos. La verdad es que las decisiones electorales no pueden legitimar regímenes en los cuales no existan límites. Más aún, la democracia verdadera, por basarse en la dignidad de los ciudadanos, debe ser limitada. La dignidad excluye cualquier concentración de facultades y exige que el ejercicio de ellas sea responsable, es decir, que exista efectiva y oportuna rendición de cuentas.

En los sistemas republicanos, cualquier mayoría que provenga de fuente electoral, debe tener potestades sujetas a la ley. No es posible sistema republicano sin aplicación del principio de legalidad, según el cual en el derecho público solamente se puede hacer lo que está expresamente señalado en la ley y nada más.

4.- Notas distintivas de la democracia ilimitada. La “democracia ilimitada” deviene en regímenes autocráticos aunque tenga base electoral, porque en ellos: (i) el sistema legal y la cultura dependen exclusivamente de los actos del poder dominante, cargados de ideología, (ii) no hay posibilidad de consensos y prevalecen las imposiciones, (iii) los jueces ven condicionada su  independencia, (iv) es imposible impugnar eficazmente los actos del Estado, y por tanto, las facultades legislativas y administrativas se transforman en absolutas, (v) no existe “relación de juridicidad” entre los ciudadanos y el poder, pues los canales de relación ya no son las reglas, ni los derechos expresados en las leyes, son las presiones políticas y las decisiones inspiradas en la magnanimidad, el interés o el cálculo del grupo dominante, (vi) la coacción reemplaza a la adhesión, y el miedo al poder o a la multitud o a sus representantes, sustituye a la convicción política.

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