Insistir en nuevos roles para las FF.AA., porque se encuentran subutilizadas, ante la disminución de la amenazas territoriales, y porque una pretensión sobre el territorio ecuatoriano es absolutamente imposible, significa retornar a la perniciosa época inmediatamente posterior de la firma del Acuerdo de Paz con el Perú de 1998, en la que se corrió el riesgo de provocar una crisis de identidad institucional.
Sin embargo la visión estratégica de la decisión gubernamental, se orientó más bien a determinar una política de seguridad de la frontera norte, porque se avizoraba graves consecuencias de la aplicación del Plan Colombia.
Desde entonces la Política de estado para Defensa Nacional se ha mantenido inmune, incluso ante los auspicios ofrecidos a la Coordinadora Continental Bolivariana realizada en Quito, para que las FARC logren el estatus de fuerza beligerante en sospechosa coordinación con el campamento clandestino de las FARC en territorio ecuatoriano.
Actualmente los grandes esfuerzos operacionales que realizan las FF.AA. en la vigilancia y protección de fronteras, han sido reforzados con nuevos equipos para mejorar su desempeño y obtener mejores resultados, lo cual demuestra que no hay capacidad residual, y que es incoherente asignarles misiones policiales.
La reforma a la Ley de Seguridad Pública y del Estado enviada a la Asamblea y que aún no ha sido aprobada, indica que las tareas policiales asignadas a las FF.AA. se encuentran al margen de la ley. Más aún en la lógica de la seguridad no conviene que sea aprobada, porque la prevención control y combate del delito no es responsabilidad de las FF.AA. A no ser por supuesto que la intención sea convertir a las FF.AA .en Policía Militarizada.
Tener fronteras seguras en tierra mar y aire es la mejor contribución profesional que pueden dar las FF.AA. para la seguridad ciudadana. Sin necesidad de asumir responsabilidades de la Policía. Sin crear confrontación de competencias. Sin fraccionar ni deteriorar la cohesión de cada Fuerza, al retirar las Infanterías, Aérea, de Marina y del Ejército para tareas policiales.
La exitosa y creciente buena relación del Ecuador con sus vecinos, no se contrapone a las misiones insustituibles de sus respectivas FF.AA., porque la paz perpetua desde la época de las Anfictionías de la Grecia antigua, se han ido renovando, sin embargo el principio del Derecho de Rebus Sic Stantibus reconoce las circunstancias del momento de la celebración de un tratado y cualquier variación sustancial puede modificarlo. El ordenamiento jurídico de los Estados correspondiente al ámbito internacional requiere de una garantía de cumplimiento y respeto, porque la paz se sintetiza en los tratados, en las Organizaciones Internacionales y en las Instituciones que las hacen respetar.