La resolución de la Junta Bancaria, publicada en el R. O. de 9 de septiembre del 2010, para la desvinculación entre los sectores financiero y de comunicación, que ordena la Constitución, criminaliza el parentesco, lo que no hace la Constitución, al tenor de sus normas:
Art.312, segundo inciso: “Se prohíbe la participación en el control del capital, la inversión o el patrimonio de los medios de comunicación social, a entidades o grupos financieros, sus representantes legales, miembros de su directorio y accionistas”.
Disposición transitoria 29, segundo inciso: “Las participaciones accionarias de las personas jurídicas del sector financiero, sus representantes legales y miembros de directorio y accionistas que tengan participación en el capital pagado de medios de comunicación social, deberán ser enajenadas en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución”.
Debió haber una ley que complemente esas normas, sin violarlas ni extenderlas a otras personas, en cuanto a las consecuencias de la no desinversión.
Quizás la falta de esa Ley motivó la resolución de la Junta Bancaria, que se excedió de su competencia, al extender la prohibición y la sanción de pérdida de la inversión a los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, de representantes legales, apoderados generales, directores de todas las entidades financieras bajo su control, y de sus accionistas, siempre que tengan -los parientes en los grados citados- una participación dominante en el medio de comunicación, o el 25% o más de su capital social. Un supuesto. Si hasta el 20 de octubre de 2010 -y luego en tiempo futuro- hay un accionista de institución financiera que es primo de un radiodifusor, al primero se le suspende su derecho de accionista y al segundo, de no vender su inversión en bolsa de valores, la Superintendencia de Bancos y Seguros dispondrá la venta de la inversión en pública subasta.
El caso real de Manabí es evidente. El representante legal del Banco Comercial de Manabí es un hombre ejemplar, Ariosto Andrade. Pero familiares suyos por décadas han hecho comunicación en Manabí. Sus sobrinos Andrade Quiñónez manejan la televisión y la radio Capital. ¿Por qué Ariosto debe ser removido? ¿Por qué sus sobrinos deben perder sus medios? Un riesgo posible, un primo se presta a maniobras del Gobierno y compra acciones bancarias para que a sus parientes les quiten un medio de comunicación y caso concluido. ¡Qué fácil será para el Gobierno apropiarse de más medios!
Se dirá que es para evitar el testaferrismo de parientes, pero siempre podrá haber no parientes dispuestos a ser testaferros.
No dudo de la intención de la Junta Bancaria, para evitar testaferrismo, pero no es aceptable la criminalización del parentesco.