Marihuana sí pero aborto no

Daniela Rea

Los últimos años, en México la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha asumido posturas de avanzada, en derechos de las minorías.

Por ejemplo, respaldó el matrimonio igualitario, al declarar inconstitucional las legislaciones de los estados de Puebla y Chihuahua que decían que el matrimonio es exclusivamente entre un hombre y una mujer; y el derecho de las personas homosexuales a adoptar, al invalidar legislación del estado de Campeche que les negaba este derecho.

La SCJN incluso emitió un fallo histórico al declarar inconstitucional la prohibición absoluta del consumo de la marihuana y reconocer el derecho de las personas al consumo recreativo de esa planta. Sin embargo, el tema del aborto, que ha llegado en seis ocasiones a la SCJN, no ha sido aceptado para su análisis de fondo. ¿Y cuál es el fondo? El derecho de las mujeres a elegir sobre su propio cuerpo.

Verónica Cruz Sánchez, abogada de Las Libres, quien junto con la Clínica de Interés Jurídico del Centro de Investigación y Docencia Económicas (Cide), ha llevado el proceso judicial de varios casos, dos de ellos ante la Corte, considera que no es casual que ante el máximo tribunal no se logre empujar el análisis de fondo del aborto.

“Es impresionante cómo el tema de aborto que es un derecho fundamental de las mujeres para decidir sobre nuestro propio cuerpo, sobre nuestra sexualidad, nuestra vida reproductiva, pero sobre todo nuestro proyecto de vida, que eso pase por una decisión consciente. El Estado solo tendría que ponernos todos los recursos, la educación, métodos anticonceptivos para que elijamos si queremos o no, cuándo cuántos hijos, como lo establece el artículo cuarto constitucional”, aduce.

“En la vida real el aborto es el tema que pone en evidencia la discriminación generalizada del Estado contra las mujeres”, considera.

A partir del año 2007, cuando el aborto se despenalizó en Ciudad de México, también conocida como Distrito Federal (DF), la SCJN ha recibido seis solicitudes para responder en torno a él.

En el primero, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Procuraduría General de la República interpusieron en 2008 una acción de inconstitucionalidad contra la reforma del DF, argumentando el derecho a la paternidad y descendencia del hombre y su igualdad ante la mujer, la cual, según esas instituciones, se rompía cuando la mujer podía elegir por su propia cuenta el aborto.

La Corte resolvió sobre procedimiento, respaldó la reforma en el DF porque cada estado tiene derecho a generar su propia legislación, pero no se pronunció sobre el derecho de la mujer al aborto. En consecuencia de esta decisión, 17 estados le tomaron la palabra a la Corte e impulsaron reformas en sus constituciones locales, pero para el sentido contrario: proteger la vida desde la concepción.

IPS

Suplementos digitales