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Cinismo atroz

Engañar desde el poder con invasión publicitaria, manipulando preguntas y contenido de reformas constitucionales no es confiar en el pueblo soberano, sino irrespetarlo.

Veamos lo de la generalización de la prisión preventiva. En la pregunta 2 el gobernante expresa: “Con la finalidad de evitar la impunidad y garantizar la comparecencia a los juicios penales de las personas procesadas, ¿está usted de acuerdo que las medidas sustitutivas a la prisión preventiva se apliquen únicamente para los delitos menos graves, enmendando la Constitución de la República como lo establece el anexo 2?”.

Lea la parte pertinente del anexo 2: “El numeral 11 del art. 77 de la Constitución dirá: La jueza o juez podrá aplicar sanciones y medidas cautelares alternativas a la privación de libertad, únicamente en aquellos delitos que, de acuerdo con la ley, serán susceptibles de ventilarse mediante procedimientos especiales”.

Omitieron lo de “menos grave”. Lo sustituyeron con lo de “procedimientos especiales”. Fuera de éstos, a todo al que se lo denuncie o acuse de un delito, estando de acuerdo fiscal y juez en procesarlo , antes de dar lugar a defensa alguna, debe enviárselo a la cárcel, salvo a los de procedimiento especial.

Son delitos de procedimiento especial los de acción privada y los cometidos por la prensa. Se insulta a alguien, el delito es de injuria. Nunca han sido susceptibles de prisión preventiva, sí de sanción de cárcel.

También el “procedimiento abreviado”, que exige que el acusado se declare culpable. El procedimiento se vincula con la imagen del perdón, con condiciones y limitaciones.

El cuarto procedimiento especial es el de fuero para no ser juzgados por los jueces comunes, sino a nivel de cortes, procedimientos de protección sólo para los de los entornos de los gobiernos.

Significará la autoprotección y la impunidad de ministros, legisladores, magistrados y jueces constitucionales y ordinarios, fiscales y otros altos funcionarios.

En la hipótesis que se establezca que es verdad lo del cheque de la Cervecería, por el que se está investigando a los de la Corte Constitucional, los que hayan delinquido no se irían a la cárcel, sino que recibirían medidas alternativas, no solo en cuanto a la prisión preventiva, sino en la sanción o condena que corresponda.

Lo mismo para los de las infracciones penales en la Asamblea de Montecristi. Agréguele a los de las pillerías de Ivanhoe y otros negocios petroleros y los de los sobreprecios en la contratación pública.

Para los demás, sin darles oportunidad de defensa, ni presumir su inocencia, la cárcel, de estar de acuerdo fiscal y juez, sean corruptos concertados o timoratos ante presiones del poder gobernante.

La propuesta de autoprotección del círculo gobernante por su fuero especial, ni prisión preventiva ni condena de cárcel, sino “medidas alternativas”, es de cinismo atroz.