La Ley Orgánica de Recuperación de Áreas Protegidas y Promoción del Desarrollo Local, podría ser conveniente para el Ecuador, considerando los siguientes puntos. Objetivos.- La ley busca ordenar, proteger y reactivar económicamente territorios que han sido tomados por economías ilegales, grupos armados y actividades criminales en áreas protegidas. Gestión eficiente.- Se fomenta la inversión privada responsable bajo normas estrictas dispuestas por la autoridad ambiental, en actividades como turismo, investigación científica, servicios y protección ambiental. Desarrollo local.- La ley busca diversificar la economía local, generar empleo y reactivar el turismo, asegurando la presencia del Estado en zonas estratégicas para la seguridad y el desarrollo. Seguridad.- Establece que la autoridad competente podrá solicitar seguridad a la Policía Nacional o a las Fuerzas Armadas en el perímetro del área protegida. Sin embargo, también hay aspectos que podrían generar debate. Conservación ambiental: La ley debe equilibrar el desarrollo económico con la protección ambiental y la conservación de la biodiversidad, según lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador y el Código Orgánico del Ambiente.
Participación comunitaria: La gestión de áreas protegidas debe involucrar a las comunidades locales y respetar sus derechos, como lo señala la Constitución y el Convenio sobre la Diversidad Biológica.
Inversión privada.- La participación privada podría generar beneficios económicos, pero también plantea interrogantes sobre la gestión sostenible y la protección ambiental. En resumen, la conveniencia de esta ley dependerá del equilibrio entre el desarrollo económico y la protección ambiental, así como de la implementación efectiva de sus disposiciones.
Elio Roberto Ortega Icaza