En 17 días hábiles la Asamblea Nacional discutió, cambió y aprobó la ley que se la conoce como antimonopolio o de competencia, texto en el cual los controles y las prohibiciones están presentes como en ninguna otra ley expedida en la vida republicana de Ecuador. En pocos días más hará su aparición la décima reforma tributaria auspiciada por este Gobierno, en la que se reforman las modificaciones de las modificaciones expedidas por el señor Correa al régimen impositivo. ¡A eso se llama seguridad jurídica y tranquilidad para los inversionistas!
La perla que ahora se está analizando entre los asambleístas de gobierno (mayoría con los impresentables del PRE), es el proyecto de Ley de Tierras y Territorios, que entre otras cosas, incrementa palabras al vocabulario castellano. ¿Sabe usted, gentil lector, el significado de “identitarias”? No consta en el Diccionario de la Academia de la Lengua Española, sí en el documento que circula.
El objeto del proyecto en ciernes es “controlar el cumplimiento de la función social y ambiental de la tierra y otorgar seguridad jurídica a los titulares de tales derechos”. ¡Eso está bueno, seguridad jurídica en un Gobierno que ha sabido irrespetarla, violando la Constitución y leyes con una facilidad asombrosa! Por función social de la tierra se entiende la “generación de empleo” (no me invento, está en el artículo 6 del proyecto que se conoce. Incomprensible). Función ambiental es “cuando no exista un incumplimiento deliberado de la normativa ambiental” (¡!).
Se prohíbe el latifundio y se promueve “la reintegración de los minifundios”. Es decir, se prevé la unión de minifundios que fusionados muchos minifundios se convierten en latifundios…¡pero los latifundios están proscritos! No se señala cuántas hectáreas constituyen un latifundio. El proyecto de ley al respecto considera como tales “a los terrenos con aptitud agropecuaria que, con extensión monopólica de tierra… mantiene inactiva su capacidad productiva plena”, es decir, cualquier extensión a criterio de la autoridad. Por minifundio se entiende la superficie de tierra “que no permita emplear la mano de obra”. Es decir, no se comprende, pero faculta al funcionario público interpretar a su voluntad.
La autoridad en el tema de tierras sería la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria del Ministerio de Agricultura, entidad que podría declarar la expropiación de fincas, haciendas, etc., y adjudicarlas a aquellos que no tengan tierras. Peligroso ya que los compadres del gobierno podrían ser adjudicatarios de esas propiedades. Las tierras, por tanto, serían expropiadas cuando no cumplan la función social y ambiental, lo que dictaminaría el ejecutivo a través de la subsecretaría indicada. ¡Otra arma para silenciar a quienes discrepen con el Gobierno!