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Abundante información surge respecto de la indemnización para la compañía extranjera Occidental, a la que nuestro Ecuador deberá pagar más de mil millones de dólares.
Semejante pago millonario, para la Procuraduría General del Estado es producto de una “victoria legal”, considerando que la demanda era por una cantidad mucho mayor. Con rechazo de algunos pedidos, al final la victoria jurídica nos cuesta una fortuna.
Nadie puede negar el origen legal de la terminación anticipada del contrato con Oxy. La Ley de Hidrocarburos establecía prohibición de traspaso de acciones sin consentimiento del Estado ecuatoriano y, en caso de así proceder, el contrato quedaría terminado bajo la figura de “caducidad”. Esa norma de la ley habían incorporado en el contrato de participación celebrado entre el Ecuador y la Occidental. En virtud de la caducidad, la concesión petrolera que tenía la Occidental volvió al Estado.
En manos ecuatorianas, la explotación del yacimiento continuó bien administrada y, hablando en puro petróleo, Ecuador no ha sufrido perjuicio. Mas, sabiendo que había una demanda de indemnizaciones, era de elemental prudencia guardar un poco de dinero de esa producción para pagar una posible indemnización.
No lo hicieron, incurriendo –una vez más- en la imprudencia de no ahorrar y disponer todo el producto en gastos, como así califica la oposición; o en “inversiones”, como califica el Gobierno. Con un término o con otro, estamos ante la grave situación de obtener de alguna parte el pago ordenado por el fallo.
Han transcurrido cerca de nueve años desde cuando se produjo el diferendo. Hay una carta, con fecha 1 de septiembre de 2006, enviada por el presidente de la República, Dr. Alfredo Palacio –en cuyo mandato se decretó la caducidad- a la Consejera Principal del Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), Dra. Gabriela Álvarez Ávila, en la cual le informa las razones para decretar la caducidad, carta en la que -con razón patriótica- se habla de los principios de legalidad, de soberanía y sobre todo de dignidad del país, destacando el imperio de la legislación ecuatoriana y el contenido del contrato de participación, en el que la Occidental aceptó las causas de terminación del contrato.
Ahora el propio Presidente de la República habla de negociar el pago.
¿No habría sido oportuno negociar, con gran ventaja, cuando descubrieron el traspaso de las acciones y a la Oxy le tenían sin salida, obteniendo de ello nuevas condiciones de reparto económico, bajo un nuevo contrato?
Conocemos nuestras razones. Falta conocer las de la Oxy, porque es difícil creer que el Tribunal del Ciadi haya actuado arbitrariamente. En todo juicio hay dos partes: cada una esgrime sus argumentos para fundar sus peticiones en lo jurídico y sus aspiraciones.