Este 10 de Agosto, que ha perdido su sentido político y simbólico, nos encuentra con más cortapisas a la libre expresión. Y, para beneplácito de los amantes de la mano dura, pasará a la historia como el día escogido para poner en vigencia un Código inédito que estrenará sanciones y delitos, incluidos aquellos que tienen que ver con la vida cotidiana, como revelar un secreto, insultar a una persona, escribir en una pared o hacer llamadas falsas al 911.
Uno se pregunta qué va a pasar con la aplicación de una normativa tan severa en una sociedad que a duras penas se ha enterado de la vigencia de tales delitos y sanciones, y que ya tenía dificultades para cumplir y hacer cumplir anteriores disposiciones. ¿De qué vale endurecer las penas, cuando no hemos sido capaces como sociedad de entender y practicar normas más elementales?
Pero hay más motivos para preocuparse. Los aires de buen juicio que campearon en días pasados a propósito de un acto de contrición del Secretario de Comunicación parecen haber quedado en el olvido. Hoy resulta que su oferta de disculpas al periodista Alfonso Espinosa de los Monteros no tenía razón de ser, a juicio del presidente Rafael Correa.
A la vez, se ha creado una batahola en torno a una caricatura de Bonil sobre el parlamentario Agustín Delgado. Resulta que no se puede criticar o ridiculizar la calidad de un funcionario público de elección popular por el hecho de que es afroecuatoriano. Hacerlo, dicen quienes lo catapultaron a ese cargo para aprovechar su popularidad y no sus cualidades para ejercerlo, es racismo.
Pero vamos al fondo. La autoridad, es decir la Cordicom, ha prevaricado, pues ya se ha pronunciado sobre un caso que debe ser conocido y juzgado por la autoridad, en este caso la Supercom. Lo dice el reglamento de la Ley de Comunicación que le impusieron al país, en la parte atinente al proceso para la calificación de contenidos discriminatorios.
En el caso de Alfonso Espinosa de los Monteros, hay que decir que la producción hecha por la Secom, y cuya transmisión supuestamente es una ‘cadena’, es ilegal. Muy simple: la Ley no establece bajo ninguna circunstancia que un ente como la Secom, que tiene funciones definidas constitucionalmente, pueda dedicarse a juzgar el trabajo de un medio o de un periodista, y peor a castigarlo con el escarnio público.
La Ley señala específicamente las infracciones y las sanciones. Si el ‘pueblo’ cuyo criterio se recoge en la producción pagada tiene algo que reclamar a los periodistas o a los medios, debe hacerlo ante el ente regulador. El resto está fuera de la Ley. Las cadenas, por lo demás, tienen que ser simultáneas y dedicarse a temas de interés público.
Pero eso tendría sentido en una sociedad donde se respetaran los derechos o al menos donde la ciudadanía los tuviera presentes. Que viva el 10 de Agosto…