Faltan 21 días para que termine la campaña electoral de las elecciones 2025 en Ecuador. Hay reglas definidas para el proceso que empezó el 5 de enero.
Los candidatos cuentan con bases definidas. Estas contemplan rubros máximos en lo que al Fondo de Promoción Electoral y al gasto electoral corresponde.
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La campaña electoral de las elecciones 2025 y las reglas
En la campaña electoral para conseguir un cargo en las elecciones 2025 se encuentran 4 455 candidatos. Los ecuatorianos elegirán al equipo presidencial, 151 asambleístas y cinco parlamentarios andinos. Son 16 binomios que aspiran a dirigir el país.
Los postulantes pueden difundir las propuestas en prensa, radio, televisión, vallas publicitarias y medios digitales. Para estos espacios pueden hacer uso del Fondo de Promoción Electoral. El rubro asciende a 13 979 762,07 dólares.
- Binomios presidenciales: fondo de promoción electoral inicial 5 179 535,42 dólares
- Parlamentarios andinos: 112 512,76
- Asambleístas nacionales: 3 671 469,50
- Asambleístas provinciales: 4 465 505,85
- Asambleístas exterior: 550 738,54
El gasto electoral corresponde a los recursos propios de cada organización o candidato. Se trata del máximo permitido para que las organizaciones políticas financien actividades como eventos, mítines, murales, material publicitario, camisetas, entre otros.
Según lo establecido en la normativa, el cálculo se hace con base en el número de electores habilitados. En el caso de las elecciones 2025, el número llega a 13 736 314.
- Asambleístas del exterior: (0,60 centavos x número de electores según su circunscripción)
- Binomio Presidencial: 5 494 525,60 dólares (0,40 centavos x n. electores)
- Parlamentarios andinos: 137 363,14 dólares (0,010 centavos x n. electores)
- Asambleístas nacionales: 4 120 894,20 (0,30 centavos x n. electores)
- Asambleístas provinciales: (0,30 centavos x n. electores según su jurisdicción)
Son 16 binomios presidenciales para las elecciones 2025
- Unidad Popular (UP) con Jorge Escala y Pacha Terán
- Partido Sociedad Patriótica (PSP) con Andrea González y Galo Moncayo
- Alianza Revolución Ciudadana (RC)-Reto con Luisa González-Diego Borja.
- Acción Democrática Nacional (ADN) con Daniel Noboa y María José Pinto
- Partido Socialista Ecuatoriano (PSE) con Pedro Granja-Verónica Silva
- Movimiento CREO con Francesco Tabacchi-Blanca Sacancela
- Movimiento Construye con Henry Cucalón-Carla Larrea
- Movimiento Pueblo Igualdad Democracia (PID) con Víctor Araus-Cristina Carrera
- Movimiento Acción Movilizadora Independiente Generando Oportunidades (Amigo) con Juan Cueva-Cristina Reyes
- Movimiento Democracia Sí con Iván Saquicela-Luisa Coello
- Partido Social Cristiano (PSC) con Henry Kronfle-Dallyana Passailaigue
- Partido Avanza con Luis Felipe Tillería-Karla Rosero
- Movimiento Pachakutik con Leonidas Iza-Katiuska Molina
- Movimiento Centro Democrático con Jimmy Jairala-Lucía Vallecilla
- Izquierda Democrática (ID) con Carlos Rabascall y María Alejandra Rivas
- Sociedad Unida Más Acción (SUMA) con Enrique Gómez e Inés Díaz.
Los incumplimientos conllevan sanciones en las elecciones 2025
El Consejo Nacional Electoral (CNE) indicó que quienes incumplan los plazos establecidos para realizar campaña electoral, incurrirán en infracciones electorales graves. Estas se encuentran establecidas en el Código de la Democracia. El calendario electoral define el cierre del proceso para el 6 de febrero de 2025.
Las multas van desde 11 hasta 20 salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación, desde seis meses hasta dos años.
Entre las prácticas que contemplan sanciones están los actos de violencia política de género, con una multa de 21 a 60 salarios básicos unificados.
Los candidatos no deben difundir publicidad que induzca a la violencia, la discriminación, la toxicomanía, el sexismo, la intolerancia religiosa, política y todo lo que atente contra los derechos.
Tampoco se puede usar la imagen de menores de edad en programas o eventos de proselitismo político.
Instituciones públicas y la restricción en la campaña electoral
El artículo 203 del Código de la Democracia prohíbe que durante la campaña electoral de las elecciones 2025 se entreguen donaciones, dádivas o regalos a los ciudadanos.
Las instituciones públicas tienen restricción para difundir publicidad o propaganda. Hay excepciones:
- Cuando es necesario informar sobre obras públicas, cierres o habilitación de vías, obras o lugares alternos.
- Por una emergencia, catástrofes naturales, medidas de seguridad y evacuación.
- Temas como campañas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de periodos de clases, seguridad ciudadana u otras de naturaleza similar.
El Blog de las Elecciones 2025
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