Los despidos terminan en demandas

Premiado y luego echado.    El técnico Carlos Ischia  recibió este año un reconocimiento después de ganar el campeonato nacional con el Deportivo Quito.

Premiado y luego echado. El técnico Carlos Ischia recibió este año un reconocimiento después de ganar el campeonato nacional con el Deportivo Quito.

El pasado 11 de enero, la Primera Sala de lo Laboral, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas le dio la razón al técnico Humberto Pizarro.

Él demandó el año pasado al Club Sport Emelec y al presidente de ese entonces, Elías Wated, por despido intempestivo.

Pizarro fue DT de las divisiones formativas de los eléctricos y en tres ocasiones dirigió, de manera interina, al primer equipo.

Las demandas más comunes en contra de los equipos ecuatorianos de fútbol son las de jugadores y entrenadores. En la mayoría de casos, los despidos intempestivos y el incumplimiento de los contratos generan que los casos se trasladen a los tribunales.

En el caso de Pizarro, la justicia ordenó a los azules pagarle una indemnización de USD 75 000. Esa suma contemplaba cinco meses de remuneraciones retrasadas y el pago del decimotercer y decimocuarto sueldos.

Según Pizarro, durante el proceso probó que no estuvo afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), por lo que se dispuso el pago de los fondos de reserva con el 50% de recargo y el 6% de interés anual. “El reclamo era legal y por eso la justicia me dio la razón”, explica el actual entrenador de River Plate Ecuador.

El abogado de Pizarro fue Carlos Díaz, conocido por patrocinar demandas de jugadores y entrenadores en contra de clubes nacionales. Por eso, en el medio futbolístico lo conocen con apelativo ‘Abogado del diablo’.

El experto en derecho laboral asegura que para iniciar una demanda esta debe cumplir tres requisitos indispensables, según lo que establece el artículo ocho del Código de Trabajo. La primera es el servicio lícito y personal entre el entrenador y el club, la remuneración y la dependencia y subordinación. En resumen, se debe reconocer el “vínculo laboral”.

Díaz también defendió a José Macías Fabre en el 2006.

El ex técnico de las divisiones formativas de Barcelona recibió una sentencia favorable por una demanda contra el club también por despido intempestivo. Él reclamaba una indemnización cercana a los USD 9 000.

Nuevamente, la Primera Sala de lo Laboral, Niñez y Adolescencia falló a favor del trabajador y reconoció el vínculo laboral. Para comprobarlo, la defensa, según consta en el juicio número 796-2006, incorporó como pruebas el carné de cancha número 8116 que lo acreditaba como técnico y que fue emitido por la Federación Ecuatoriana de Fútbol el 3 de febrero del 2004. Además, una copia certificada del contrato por cuatro años que firmó con los canarios, el 3 de enero del 2001. El sueldo mensual de Macías, según ese documento, era de USD 400.

Pero hay casos más antiguos como el del entrenador Carlos Sevilla contra Espoli. Ocurrió en 1994. Fue despedido y demandó al cuadro policial.

Después de un sinnúmero de audiencias y cuatro años de litigio, el Juzgado Quinto de Pichincha aceptó parcialmente la demanda el 1 de octubre de 1998. Dispuso que el equipo le pague al DT 90 millones de sucres por concepto de primas.

Espoli tuvo que cancelar además 4 500 000 sucres, según un “acuerdo pactado” con la dirigencia en la primera etapa del Campeonato Nacional de 1994. Así consta en la sentencia.

En 1995, el técnico Jorge Lazo demandó al club Valdez Sporting Club también por despido intempestivo. En esa ocasión, la Cuarta Sala de la Corte Superior de Justicia del Guayas también ordenó al club pagarle una indemnización.

Cuatro años antes, en 1990, el técnico Manuel el ‘Chamo’ Flores demandó a Emelec y el 18 de enero de ese año la justicia falló a su favor. La dirigencia recibió la orden de pagarle vacaciones, bonificaciones complementarias, remuneraciones y compensaciones salariales.

En todos los casos, la justicia dio la razón a los estrategas. Esto indica, según Díaz, que a través del tiempo ha existido un “criterio armónico y sostenido” en el Poder Judicial.

Pero la justicia ordinaria no es la única alternativa para este tipo de demandas. La Federación Internacional de Fútbol Asociado, FIFA, resuelve estos casos a través de la Cámara de Mediación y Disputas. Esta instancia trata las disputas de índole laboral entre clubes y jugadores que tengan una dimensión internacional.

Pero los reclamos se pueden realizar solo por una vía. La FIFA no acoge las demandas que ya han sido tratadas por la justicia común de los países a los que pertenecen las asociaciones y federaciones afiliadas.

A esta instancia recurrieron Benito Floro y Rubén Darío Insúa, ex estrategas de Barcelona.

Floro interpuso una demanda por un USD 1 300 000 por despido intempestivo.

La cláusula de rescisión era de USD 500 000, pero la suma creció en vista de la falta de un acuerdo con los dirigentes del Barcelona guayaquileño.

Insúa, por su parte, demandó a los toreros el año pasado por USD 380 000. El caso se encuentra actualmente en la Comisión del Estatuto de la Federación Ecuatoriana de Fútbol.

Carlos Ischia, por su parte, analiza una demanda contra el Deportivo Quito.

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