El recurso de revisión y el Cogep, un llamado a la cordura

En la Asamblea Nacional actualmente se están tramitando varias reformas al Código Orgánico General de Procesos (COGEP), cuerpo normativo que regula la actividad procesal judicial en todas las materias, excepto la constitucional, penal y electoral.

En el informe para el segundo debate de las reformas a la ley mencionada, consta la introducción del Recurso de Revisión. Este recurso de carácter extraordinario en materia civil, consiste en revisar una sentencia de mérito que ha puesto fin a un proceso en que interviene actor y demandado, incluso hasta diez años después de haberse adoptado por el juez interviniente, y buscar la sustitución de la sentencia revisada por otra, producto de dicho recurso.

El problema jurídico que provocaría la aprobación del art. 39 del informe que se debate en la Asamblea en el que consta el Recurso de Revisión, es que atentaría directamente contra la institución jurídica de cosa juzgada sustancial en los juicios, y por ende, afectaría el derecho a la seguridad jurídica contemplado en la Constitución del Ecuador.

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