En el artículo publicado en el Diario EL COMERCIO del 27 de junio, bajo el título “Teoría de la Revolución”, el articulista Pablo Ortiz García sostiene que la Ministra de Salud Pública, Carina Vance, ha “revolucionado principio jurídicos” al afirmar que no existe prescripción en los temas sometidos a conocimiento del Ministerio de Salud.
En una resolución respecto de la sanción impuesta a una empresa por haber infringido normas relacionadas con las restricciones impuestas a la publicidad de productos nocivos a la salud, la Ministra de Salud Pública dictaminó que no cabía alegar, en este caso la prescripción, amparándose en el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, que dispone en su artículo 197: “Las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan”. La Ley Orgánica de Salud no incluye normas relativas a la prescripción de las sanciones que prevé.
Es posible que el articulista se refiera a esta Resolución deliberadamente elude precisar el caso al que se refiere, generalizando expresiones relativas a un caso específico.
La Resolución que rechazó un recurso de apelación en el cual se argumentó la prescripción, confirmó la decisión del Director General de Salud mediante la cual se impuso una multa y se decidió con todos los fundamentos legales, tras un minucioso análisis por parte de las instancias pertinentes dentro del Ministerio de Salud Pública.
La empresa sancionada ha sido notificada con la resolución, misma que se encuentra ejecutoriada.
Nota: Publicamos esta carta, solicitada como réplica por el Ministerio de Salud, a pesar de que ante las opiniones no cabe ni rectificación ni réplica.