La seguridad social es un derecho de toda persona de acceder a una protección básica, sin que necesariamente esté ligado a una relación laboral, lo que ha llevado a que cada país configure modelos para atender el bienestar ciudadano, con programas de seguridad social dirigidos especialmente a ciudadanos en situación de vulnerabilidad.
El Sistema de Seguridad Social está definido en los artículos 367 y 368 de la Constitución de forma imprecisa, sin un modelo claro para dar seguridad social con justicia, mediante regímenes que tengan viabilidad técnica, económica financiera y que coexistan de modo complementario y colaborativo, así: Seguro Social Obligatorio (IESS) que debería ser para los ciudadanos que lo soliciten y cumplan con las cuotas de aportación, con directorio total o mayoritario de los asegurados, elegidos mediante sufragio; con presupuesto propio, excluido de la injerencia del Estado. Los regímenes especiales del Instituto del Seguro Social de las Fuerza Armadas y del Instituto del Seguro Social de la Policía Nacional; el régimen especial del Seguro Social Campesino, que de acuerdo al Art. 373 de la Constitución es parte del IESS. Se debería examinar su viabilidad administrativa y financiera dentro del IESS o integrarlo como un seguro independiente, con su propio directorio, presupuesto y dispensarios médicos; la creación del régimen especial del Seguro Social Asistencial para trabajadoras del hogar sin remuneración, jefas de hogar, pacientes con enfermedades catastróficas, población vulnerable sin recursos, etc. con presupuesto financiado por el Estado y la atención médica en la infraestructura del Ministerio de Salud.