El Presidente del Ecuador, en una entrevista en España, sugirió que la información pudiera ser una Función del Estado.
En el supuesto que esto sucediera, se alteraría la estructura fundamental del Estado, el carácter y los elementos constitutivos del Estado; además, se estarían restringiendo derechos y garantías de los ciudadanos, así como lo han hecho con la Ley Orgánica de Discapacidades, al disponer que los discapacitados estén sujetos a una nueva calificación y que para fines de la determinación y liquidación del Impuesto a la Renta, los discapacitados que estaban exonerados en un monto equivalente al triple de la fracción básica se les haya reducido al doble de la fracción básica gravada con tarifa cero, violando los artículos 135, 136, 11.4 y 11.8 de la Constitución y los artículos 56 y 68 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
En el supuesto no consentido que la información sea una Función del Estado, debería gozar de independencia, lo que no ocurre actualmente con otras funciones del Estado que están subordinadas al Ejecutivo; y después meterán la mano a la información, como se metió la mano a la justicia de manera inconstitucional con la venia de la Corte Constitucional.
La enmienda de la Constitución no se podría realizar mediante referéndum ni a través de una Asamblea Constituyente. Lo que deberían hacer es una nueva Constitución, para que el Jefe de Estado, de una vez, sea jefe de todas las funciones del Estado incluida la información, de manera legal y constitucional.