El 14 de agosto de 2019, con oficio 31168 la Contraloría General del Estado remitió al Consejo Nacional Electoral el Informe DNA1-0053-2019, con el “Examen Especial a los sistemas informáticos, e infraestructura tecnológica, comunicaciones y contratos relacionados, utilizados en la inscripción, registro y extinción de organizaciones políticas; y consulta popular, en el Consejo Nacional Electoral y entidades relacionadas por el período comprendido entre el 01 de febrero de 2013 y el 31 de agosto de 2018”, y la Recomendación N° 1, al CNE dice: “realizarán acciones tendiente a considerar y vigilar la situación legal de los Movimientos Nacionales: “Justicia Social”, “Podemos”, “Libertad es Pueblo” y “Fuerza Compromiso Social”, con respecto a su inscripción y entrega de personería jurídica (…).
El Examen Especial describe una lista muy grande de incumplimiento de funciones y responsabilidades de los funcionarios del CNE y la ineficacia de los sistemas tecnológicos utilizados. El 2 de enero de 2020 el CNE, emite la Resolución PLE-CNE-6-2-1-2020 que resuelve: Artículo 1.- “Acoger el informe (…) de la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica (…) y, el Artículo 2 dice: “Mantener el derecho de inscripción (…) del Movimiento Nacional “Fuerza, Compromiso Social” (…). El informe jurídico acogido dice, en pág. 22, con toda llanura que el requisito que debe cumplir el Movimiento FCS, es el 1,5% del Registro electoral que es 174.199 registros aprobados y describe que ese número lo alcanza FCS con la siguiente sumatoria: 156.173 firmas aceptadas, 17.916 firmas en blanco y 617 huellas. Esta sumatoria contiene ilegalidades, ignorancia, estulticia y nadie en Ecuador se ha tomado la molestia de abrir la boca en contra de ese delito político que exige fiscalización.