La entrevista de Ana María Carvajal (EL COMERCIO, 08-12) al candidato a vicepresidente de la República (Andrés Tarquino Páez Benalcázar) en binomio con Guillermo Lasso (Creo-Suma), trae esta perla: “¿Cuáles son las tareas que tiene previsto ejercer si gana las elecciones?
Estaré al frente del área de fiscalización, que implica una auditoría documental del sector público e investigación de casos de corrupción, recolección de documentos, impulso de procesos ante la Fiscalía y rediseño del sistema de justicia”. El Art. 149 de la Constitución, dice: “(…) La Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, cuando no reemplace a la Presidenta o Presidente de la República, ejercerá las funciones que ésta o éste le asigne”. El Art. 167 de la Ley Suprema, dice: “La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por los órganos de la Función Judicial y por los demás órganos y funciones establecidos en la Constitución”.
El Art. 181 ibídem, reza: “Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que determine la ley: 1.- Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial”. Ergo, por lógica deductiva, se entiende que en el supuesto, jamás consentido de que ganase el binomio Lasso-Páez, tanto el presidente como el vicepresidente “meterán las manos en la administración de justicia”. ¿Acaso, durante esta “década ganada”, todos los opositores -entre estos, Páez Benalcázar- no fueron los que estuvieron en las marchas con la cantaleta de que el Presidente Rafael Correa Delgado, dizque “metió las manos en la administración de justicia”?