Los últimos accidentes de tránsito, dejan una secuela de dolor y lágrimas, todo ante la mirada atónita de una población que ya no sabe a dónde o a quién recurrir, para que las carreteras del país no se llenen de sangre de víctimas inocentes.
La inmensa mayoría de los ecuatorianos, consideramos que hay una especie de pacto criminal entre autoridades y dueños de transportes sino, de qué manera se entiende que hasta la presente no se cumpla lo que la ley establece?
La Ley de Tránsito señala que la transportación pública es una actividad exclusiva del estado, que puede ser concesionada a cooperativas o empresas legalmente constituidas, en consecuencia, son estas cooperativas o empresas las que deben organizar el sistema de transporte público.
Más ocurre que el socio, sea de cooperativa o empresa es el dueño de la unidad y no la organización a la que le fue concesionado el servicio. La pregunta es ¿a nombre de quién se matricula el vehículo? ¿Son socios o microempresarios?
¿Por qué se vende unidades con ‘puesto de trabajo’ y pueden existir cooperativas con 20 socios y 100 unidades o con 1000 socios y 20 unidades?
¿Quién tiene la valentía de cambiar la historia?